V.G. había recuperado la libertad por decisión de la jueza Cecilia Labanca, tras ser imputado como autor de doble homicidio simple con dolo eventual, en el marco de una investigación que lleva adelante la fiscal de la Oficina de Accidentes de Tránsito, Rosana Marcolín. La Fiscalía había reclamado la prisión preventiva del imputado, sin embargo, la jueza le dio la libertad con una serie de obligaciones que Valentín Giordano debía cumplir.
Marcolín apeló la resolución de Labanca por entender que era infundada, es decir, que le faltaba fundamentación a la decisión de la magistrada. El lunes se realizará la audiencia en la Cámara de Apelaciones para analizar el planteo fiscal.
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Apelación
La audiencia de apelación por la libertad otorgada a V.G. por decisión de la jueza Cecilia Labanca será el 17 de febrero a las 10, y será presidida por el juez camarista Roberto Prieu Mántaras. Al momento de presentar la apelación, Marcolín “la falta de fundamentación del decisorio” de primera instancia por el cual se le impusieron medidas no privativas de la libertad; en la audiencia del lunes, la Fiscalía ampliará los argumentos de su pedido.
De acuerdo con la atribución delictiva, se trató de un doble homicidio simple cometido en el marco de una picada callejera, delito que comprende una pena mínima de prisión de ocho años y una máxima de 25, por lo cual, de ser condenado V.G., deberá cumplirla en prisión.
Para la Fiscalía, la jueza que otorgó la libertad con normas de conducta se contradijo al rechazar la preventiva tras considerar acreditadas la materialidad del ilícito, la probable participación del hombre de 19 años, la pena en expectativa a prisión efectiva y la existencia de peligros procesales. Es decir, “al plantear que la posibilidad de fuga era cierta y probada, la magistrada debió brindar razones de por qué, desde su postura, ese riesgo podía ser neutralizado con normas de conducta, lo cual no hizo”, entiende Marcolín.
Por otro lado, la resolución de Labanca "carece totalmente de perspectiva de la víctima”, y para la Fiscalía la prisión preventiva de V.G. es necesaria para resguardar la expectativa justa a la realización de un juicio oral por parte de los hijos de Arias y López ante la posibilidad de fuga del imputado, que son víctimas indirectas de lo sucedido, tampoco se resguardó a testigos del siniestro vial que deben llegar a declarar al juicio con total libertad.
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Prieu Mántaras, el juez de la cámara de apelaciones que deberá resolver si V.G. continúa libre o debe ir a prisión mientras continúa el proceso en su contra.
Asimismo, señaló que “al ordenar cautelares no privativas de la libertad, la magistrada no tomó en cuenta la extensión del daño causado, pese a que previamente la consideró probada y no controvertida”. Refirió que “el accionar delictivo puso fin a dos vidas humanas y conllevó la terrible pérdida emocional y afectiva sufrida por el entorno de esas personas”, y añadió que “el hijo y la hija de las víctimas están sumidos en la absoluta incertidumbre ante la posibilidad de que se frustre el futuro juicio a uno de los responsables de la muerte de sus dos padres”.
La fiscal enumeró que “entre las normas de conducta ordenadas para el imputado están la de fijar domicilio en una vivienda en la zona de Colastiné; inhabilitación para conducir mientras dure el proceso penal; la prohibición de salir de la provincia y del país; obligaciones de trabajar y/o iniciar estudios universitarios y/o terciarios, realizar un curso de educación vial, presentarse semanalmente ante el MPA y realizar trabajo comunitario”.
Agregó que “la magistrada aceptó la caución real de cuatro automóviles propuesta por la Defensa”. Al respecto, resaltó que “desde la Fiscalía entendemos que esas medidas son insuficientes, no tuvo en cuenta la situación económica de evidente solvencia de la familia del imputado”.
En tanto, los hijos del matrimonio víctima del hecho se constituyeron como querellantes en la causa con representación de los abogados Milton Schaller y Sebstián Oroño. En una entrevista con AIRE, Schaller confirmó que acompañaron la apelación presentada por la fiscal Marcolín, en la que se cuestiona que, aún habiendo avalado la carátula de doble homicidio simple con dolo eventual, se impusieron medidas alternativas para el imputado.
“Entendemos que la pena en expectativa no se condice con las alternativas otorgadas; estas alternativas son fácilmente vulnerables, no digo que el imputado las vulnere pero son vulnerables, por la pena no alcanzan a brindar seguridad ante una hipotética fuga”, explicó Schaller.
“Si tenemos una pena que va hasta los 25 años no podemos otorgar alternativas que no se dan en otro tipo de delitos… el análisis que hay que hacer tiene que ver con la hipotética representación, se tendría que haber representado el peligro, como fue en el testimonio de la acompañante en el caso de Rosario ‘baja la velocidad que nos vamos a matar’”, remarcó el abogado querellante.
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Cómo fue la tragedia en la Costanera
Minutos después de las 23:00 del domingo 24 de noviembre de 2024, V.G., a bordo de un Volskwagen Bora negro y NFL, a bordo de un BMW blanco, corrían una picada callejera en la Avenida Almirante Brown, de la Costanera de Santa Fe. Cuando llegaron a la intersección con Huergo, el Bora negro atropelló a un matrimonio que cruzaba la calle por la senda peatonal; su hijo de 16 años salvó su vida al lograr evitar el impacto.
En el lugar había una gran cantidad de personas, lo que para la Fiscalía brinda el contexto para sostener que ambos conductores llevaban adelante la competencia ilegal en un lugar con alta afluencia de personas, por lo que eran conscientes de que si alguien cruzaba frente a ellos les iba a resultar imposible frenar.
De acuerdo con las pericias realizadas, los dos automóviles habían sido modificados para aumentar la potencia, se precisó en sendas audiencias de imputación a ambos conductores. La Fiscalía remarcó que “tenían reprogramadas las respectivas computadoras para optimizar la mezcla de aire/combustible; filtro de aire de alto flujo; intercooler para mejorar inducción forzada y amortiguadores y espirales para reducir altura”, y agregó que “el Volkswagen Bora tenía colocado un caño de escape de alto rendimiento”.
La investigación también permitió reconstruir el recorrido y la velocidad de los automóviles, a través del análisis de las cámaras de la zona y diferentes pericias: los conductores corrían la picada por la avenida Almirante Brown de sur a norte, aproximadamente desde la zona del bulevar Muttis. Los peritos estimaron que al momento del impacto, el Bora circulaba a una velocidad de 120 km/h.
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La fiscal Rosana Marcolín, en el lugar del impacto horas después del siniestro
“Tras el siniestro vial, los imputados continuaron su marcha”, remarcó. “Por su parte, el hombre de iniciales VG frenó a 143,60 metros del lugar, debido a que el motor del vehículo que conducía sufrió daños y se detuvo”, mencionó.
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Los dos conductores fueron imputados como coautores de doble homicidio simple por haber sido cometido con dolo eventual, así como de la realización de una prueba de velocidad y destreza sin la debida autorización.