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¿Se cae la causa del D4?: rechazaron la acusación contra los exjefes de Policía, Grau y Odriozola

El juez Silva resolvió "rechazar por invalidez formal" la acusación que los fiscales de Delitos Complejos realizaron a los exjefes de la policía santafesina, Grau y Odriozola.

El juez de la investigación Penal Preparatoria, Octavio Silva, decidió no hacer lugar a la acusación contra los dos exjefes de la Policía de Santa Fe, Rafael Grau y Omar Odriozola, imputados como jefes de una asociación ilícita dedicada a defraudar las arcas del gobierno provincial. Silva fue el magistrado que presidió la audiencia preliminar de juicio, el pasado 24 de junio en el subsuelo de Tribunales.

Los dos exjefes de la policía fueron imputados como líderes de una asociación ilícita que realizaba maniobras de defraudación a través de supuestos arreglos de móviles policiales. Varios de los involucrados, entre ellos dos contadores que trabajaban en el área de logística del Ministerio de Seguridad, ya fueron condenados en procedimientos abreviados.

Los fiscales de Delitos Complejos, Mariela Jiménez y Ezequiel Hernández, oficializaron la acusación contra Grau y Odriozola y anticiparon un pedido de pena de 9 años de prisión. Por su parte, los abogados defensores Magalí Mazza y Virginia Balanda (del SPDP) en representación de Odriozola; y los abogados particulares de Grau, Miguel Angel Pierri y Pedro Fontaneto D’Angelo, cuestionaron la investigación fiscal y solicitaron el sobreseimiento de ambos imputados.

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Mariela Jiménez y Ezequiel Hernández, fiscales de la Unidad Especial de Delitos Complejos

Mariela Jiménez y Ezequiel Hernández, fiscales de la Unidad Especial de Delitos Complejos

Principio de congruencia

La resolución del juez Silva se centra en “vicios formales esenciales” que ponen en jaque la “correlación entre la imputación y el fallo”. El juez explica que no se puede acusar por un hecho que antes no fue imputado, y a continuación desmenuza la imputación fiscal a ambos ex jefes. Para Silva la investigación debe ahora “enmendar” estos “defectos”.

En relación con la imputación de “asociación ilícita”, para el magistrado los fiscales no precisaron en la imputación de Grau cuál es el ministerio perjudicado y la modalidad, cuestión que sí hicieron en la imputación a Odriozola. Esto “habilitaría suponer también, que otras áreas de la administración pública serían el objetivo de los planes delictivos de la asociación ilícita”.

Silva cuestionó también en su resolución que esta imputación, al referirse a los integrantes de la asociación, presenta una “fusión de imprecisiones, mezclas e inconsistencias con las imputaciones, que obstaculiza y pulveriza al derecho de defensa”, ya que afirmar que la asociación ilícita estuvo integrada por esas personas, “sin ninguna discriminación y ubicación siquiera aproximada de ellas en los distintos períodos claramente diferenciables, es enlazar y vincular personas que no tuvieron ningún nexo ilícito”.

El juez repasa las imputaciones realizadas, que comprenden diferentes períodos de tiempo: Odriozola estuvo al frente a de la fuerza antes que Grau, por lo que su actividad se vincula desde enero a agosto del 2015, “con lo cual nada tuvo éste que ver con Grau, quien lo sucedió como jefe policial desde septiembre del 2015 a marzo de 2016”, remarcó el juez. “De igual forma, el habilitado de la policía desde enero a abril del 2015 fue Patriarca, luego sucedido por Ariel Villanueva, con Io cual Grau que asumió en septiembre del 2015 no tuvo ninguna vinculación con Patriarca”, graficó Silva para sostener su análisis.

En similar sentido, el juez cuestiona el principio de congruencia en la imputación por el delito de “defraudación”, y sostuvo que también se da una “incongruencia fáctica”: a Grau se lo acusa por el periodo comprendido entre septiembre del 2015 a febrero del 2016, mientras que en su imputación del 13/6/18 se le reprocha el lapso desde octubre del 2015 a febrero del 2016, es decir, “se le añadió en la acusación un mes inexistente en la imputación”.

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El juez Octavio Silva rechazó la acusación a Grau y Odriozola, como así también el pedido de sobreseimiento

El juez Octavio Silva rechazó la acusación a Grau y Odriozola, como así también el pedido de sobreseimiento

Silva sostiene en su fallo que el mayor vicio de la acusación por defraudación, “estriba en la visible vaguedad e imprecisión de su formulación, que viola la garantía del derecho de defensa”, privando al acusado de la información necesaria para ejercer su defensa. “Información que como luce de las audiencias imputativas, estaba en poder del Ministerio Público de la Acusación o que luego de tantos años de investigación “debió estarlo y ser nuevamente intimada (comunicada)”, reprochó Silva. El juez reprocha así que las imputaciones realizadas a los ex jefes por el delito de defraudación son “generales y abstractas”.

En este punto, Silva valora que la imputación original realizada a Grau en septiembre de 2017 luego fue ampliada en junio de 2018, cuando se realizó una “intimación precisa y detallada", que correctamente "informa" al imputado sobre la modalidad defraudatoria, sobre el organismo público perjudicado (Ministerio de Seguridad), con especificaciones sobre los móviles policiales involucrados”, etcétera.

Sin embargo, la acusación preliminar a Grau y Odriozola se los acusó de "haber participado de las maniobras defraudatorias al Estado Provincial consistentes en emitir órdenes e instrumentos de pagos por arreglos y cambios de repuestos inexistentes a móviles policiales, acreditándose en forma engañosa la "ejecución de aquellos con facturas y otros documentos comerciales privados confeccionados al efecto; obteniéndose por parte del Estado Provincial ilegítimas disposiciones patrimoniales a favor de los integrantes de la organización criminal".

Es decir que en esta atribución formal no se describe el organismo perjudicado (Ministerio de Seguridad y sus partidas presupuestarias) y describe las maniobras fraudulentas "con una amplitud, vaguedad, abstracción, imprecisión y retaceo de datos, francamente inaceptable para una acusación preliminar y por ende, violatorio del derecho de defensa en juicio y el debido proceso legal”. En este sentido el magistrado cuestionó que los fiscales no especificaron “cuáles son los móviles policiales falsamente reparados o aprovisionados con repuestos nuevos; cual es la reparación que se simuló o el repuesto que se fingió comprar; qué móviles corresponden a la gestión de Odriozola y cuáles a la de Grau”.

¿Cómo sigue?

Los defensores habían solicitado el sobreseimiento de ambos imputados, pero esta cuestión fue descartada por Silva, y la imputación a los ex jefes se sostiene, atento a que el rechazo de la acusación se basa en vicios formales que no alcanzan para desvincularlos de la causa.

Además, Silva resolvió revocar la prisión preventiva que cumplía en su domicilio Rafael Grau y rechazar el pedido de prisión preventiva solicitada para Odriozola. Ambos imputados deberán respetar una serie de normas de conducta para demostrar su compromiso con el proceso.

Fuentes judiciales confirmaron a Aire Digital que, al notificarse de la resolución del juez, los fiscales analizan la posibilidad de recurrir a la cámara de apelaciones o corregir estos “vicios formales” por los que Silva rechazó la acusación.

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