Un fallo del Tribunal Oral Federal de Santa Fe rechazó la incorporación de una pericia contable que había sido formulada por un estudio jurídico que asiste a tres ejecutivos del Banco Galicia que se encuentran procesados en la tercera parte de la causa Bolsafé Valores, la cual investiga la estafa a 408 ahorristas por un monto total de $256.031.000.
La resolución, que estuvo a cargo de los jueces José María Escobar Cello, Luciano Lauría y María Ivón Vella, puso fin a un conflicto generado entre el fiscal general, Martín Suárez Faisal y querella del caso, a cargo de Leandro Corti, Carlos Reyna y Enrique Muller. Los chispazos entre ambas partes surgieron luego de que el titular del Ministerio Púbico Fiscal aceptó incorporar como testigo para el futuro juicio de Bolsafé (que tiene a 9 imputados) al especialista en derecho bursátil, Diego Serrano Redonnet, que elaboró el informe en cuestión.
Aquel dictamen fue elaborado en el marco de la apelación que se tramita en la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario y que debe resolver la situación procesal de los empleados bancarios Diego Waldemar Van de Velde, Fernando Gabriel Yah Yah y Silvio Ariel Gómez, todos acusados de haber facilitado los medios para el lavado de activos por parte de los directivos de Bolsafe Valores SA y BV Emprendimientos SA.
El informe (o memorándum como se lo cita en el fallo) fue analizado en ese entonces por un tribunal de jueces de la Cámara y luego remitido al Juzgado Federal N°2 tras considerar que podría ser incorporado al futuro juicio oral y público de la causa que ya se encuentra radicada en el TOF de San Jerónimo y Primera Junta.
Cuando el Juzgado recibió el dictamen elaborado por Serrano Redonnet lo remitió a la Fiscalía Federal N°2, que investigó la causa desde su inicio. Tras analizar dicho informe el fiscal Walter Rodríguez se opuso a que sea incorporado como prueba y lo remitió a la Fiscalía General ante el Tribunal Oral, a cargo de Suárez Faisal.
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Este último fue quien hizo lugar al pedido de los abogados del banco Galicia y solicitó que se incorpore la documental y además se cite como testigo a Serrano Redonnet al futuro juicio. Tal medida causó el rechazo de los querellantes por lo que los jueces debieron resolver el incidente judicial.
“Resulta inadmisible la incorporación de la prueba propuesta por el fiscal general”, fue la contestación que hicieron los magistrados. En tanto, aclararon el dictamen “se trata de un elemento probatorio provocado unilateralmente por el Banco Galicia y Buenos Aires SA, quien no tiene intervención en la presente causa”.
El fallo, por último, destacó que el propio Serrano Redonnet no asumió “ningún rol en la presente causa”, no habiendo sido designado como perito o propuesto como delegado técnico por ninguna de las partes, por lo que resulta improcedente admitir dicho informe.
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