El juez Lanzón condenó, por acosar sexualmente a dos adolescentes, al ex árbitro de fútbol Martín Bustos a tres años de prisión condicional y le impuso reglas de conductas a cumplir en dicho período, entre ellas: someterse a tratamiento psicológico, prohibición de cualquier tipo de contacto con menores de edad y prohibición de acercamiento a las víctimas y a instituciones deportivas a la que concurran menores de edad.
La fiscal Luciana Vallarella había acusado a Bustos de haberse hecho pasar por masajista deportivo y ponerse en contacto por WhatsApp con dos menores que jugaban en las inferiores de Newell´s para, utilizando un nombre falso, ofrecerles servicios de masajes a bajo precio con el fin de lesionar la integridad sexual de cada uno. Además, les pidió que le pasaran el contacto de sus compañeros y en que, en caso de que en el club hicieran preguntas, mintieran diciendo que tenían que ir a un cumpleaños de una amiga.
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Entre los considerandos, el magistrado señaló que “no hay dudas de que el ofrecimiento de Bustos estaba alejado de la simple locación de servicios por masajes terapéuticos o descontracturantes. En ese sentido, no puede pasarse por alto que al momento de la detención no se le secuestró ningún accesorio vinculado con ese oficio, sino tan solo elementos de aseo personal, vestimenta, geles íntimos y preservativos”.
En otro párrafo del fallo, el juez precisó que el departamento alquilado temporariamente por Bustos no tenía una camilla o un lugar acondicionado para desarrollar la labor de masajista. “Hay que decir que el acusado arribó a la ciudad de Rosario el mismo día en que presuntamente iba a ofrecer sus servicios como masajista a un inmueble que no conocía y que había alquilado “de un día para el otro”, dijo Lanzón y añadió: “En tal esquema de análisis, no queda otro camino que considerar, tal como lo ha argumentado la señora fiscal en su alegato que el rol de masajista de Bustos era, cuanto menos, improvisado. Y, debido a ese grado de improvisación y falta de seriedad en la oferta del servicio es que su versión resulta, a mi modo de ver, no creíble para esta instancia del proceso”.
En otro tramo, el juez reveló fragmentos de las charlas que Bustos mantuvo con los adolescentes. “Tenías ganas de unos masajes? …Entonces voy a tener que ir rápido a Rosario. Jaja”; “cuantos más se copen mejor. Así voy sumando ‘pacientes’. Jaja” (“pacientes” entre comillas según el texto del propio Bustos); “quédate tranquilo que mis manos son mágicas. Tené en cuenta que yo era arquero. Jaja”; “…ustedes ya son mis amigos. Jaja”.
“Todas éstas, son expresiones que poco y nada se vinculan con una persona que pretende ser visto como alguien con oficio de “masajista deportivo” que sólo había contactado a los jóvenes con el objetivo de ofrecer tal servicio”, enfatizó el juez. Asimismo, aclaró que “no desconozco que en nuestras latitudes un importante número de personas se desenvuelve a diario dentro de un circuito económico informal y desarrolla múltiples actividades laborales y oficios fuera de toda regulación estatal”.
Por último, señala que “los indicios de cargo valorados conjuntamente me llevan a tener por acreditada una premisa fáctica diametralmente opuesta: que el invocado oficio de masajista no es más que la excusa utilizada por el acusado para contactarse electrónicamente a través del servicio de mensajería instantánea (Whatsapp) con personas menores de edad, jóvenes vulnerables y siempre varones que vivían en pensiones deportivas, con el objetivo de ganarse su confianza y, a la postre, atacar su libertad sexual”.
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