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Policiales

Lo condenaron a 14 años de prisión por abusar de una niña, hija de su pareja

El juicio oral comenzó el martes en los tribunales de la ciudad de Santa Fe. El condenado es un hombre de 38 años cuyas iniciales son FJG, y la víctima es la hija de la mujer que era su pareja.

Un hombre de 38 años cuyas iniciales son FJG fue condenado a 14 años de cárcel.

Fue juzgado como autor de delitos contra la integridad sexual de una niña menor de edad –hija de la mujer que era su pareja– cometidos en la ciudad de Santo Tomé.

La investigación de los hechos estuvo a cargo de la fiscal Alejandra Del Río Ayala, quien estará acompañada en el debate por el fiscal Matías Broggi Forclaz.

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Los funcionarios del MPA solicitaron una pena de 15 años de prisión para el acusado por la autoría de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante calificado, en concurso ideal con corrupción de menores agravada. El tribunal que tuvo a su cargo el debate estará compuesto por los jueces Gustavo Urdiales (presidente), Rosana Carrara y Sergio Carraro

 

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La fiscal Alejandra del Río Ayala se mostró satisfecha y celebró que sea la segunda condena en 10 días en este tipo de delitos.

La palabra de los fiscales

 

Los hechos investigados por la fiscal Del Río Ayala fueron cometidos en la vivienda en la que convivían el acusado, la mujer que era su pareja y la niña (que es hija de la mujer). “El acusado formaba parte del círculo más íntimo de confianza de la víctima y había asumido un deber de cuidado que implica abstenerse de ciertas conductas como deber de evitar –en forma activa– que queden expuestas a ciertos riesgos. Esto se puso de manifiesto desde el momento en que la niña pasaba tiempo al cuidado exclusivo del acusado”, expuso la fiscal.

Del Río Ayala agregó que “los abusos fueron cometidos en fechas indeterminadas durante aproximadamente seis años”. En tal sentido, manifestó que “se trata de un hecho gravísimo con el que el acusado generó un real sometimiento y humillación en la niña que, al momento de los abusos, transitaba la escuela primaria”.

“Por otra parte, la diferencia de edad entre el acusado y la víctima, la convivencia que los unía, la modalidad, la duración en el tiempo de los delitos y el estado de total indefensión en el que estaba la víctima, resultan perfectamente idóneos para adelantar el desarrollo normal, libre y progresivo de su sexualidad”, afirmó la fiscal”.

Además, la fiscal del MPA se refirió a la investigación del caso y sostuvo que “la evidencia que logramos recolectar y con la que sustentamos la acusación, nos permite considerar que está suficientemente acreditada la materialidad del hecho delictivo, como así también la responsabilidad del acusado”.

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