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Policiales Sauce Viejo | Mario Papaleo |

La Justicia desestimó una denuncia por injurias del intendente de Sauce Viejo: lo habían comparado con Hitler

Mario Papaleo había querellado por injurias al exvicepresidente comunal, quien posteó en su perfil de Facebook una foto del intendente caricaturizado como el dictador nazi. La Cámara de Apelaciones sostuvo que no hay delito por tratarse de cuestiones de interés público.

El juez de la Cámara de Apelaciones, Roberto Reyes, desestimó una causa privada por injurias, iniciada por el intendente de Sauce Viejo, Mario Papaleo. En enero de 2022, el exvicepresidente de la entonces comuna, José Aranda, había comparado a Papaleo con Adolf Hitler en su perfil de Facebook.

La resolución del camarista, a la que tuvo acceso AIRE, remarca que el posteo realizado por Aranda refirió a cuestiones de interés público, a pesar de la “desafortunada comparación” con el dictador nazi, y por lo tanto, no configura delito.

La causa se encontraba camino a juicio por decisión del juez Pablo Busaniche, y el auto de apertura fue apelado por los abogados defensores de Aranda, Clara Vázquez e Ignacio Alfonso Garrone.

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Roberto Reyes, juez de la Cámara de Apelaciones

Roberto Reyes, juez de la Cámara de Apelaciones

“El nuevo dictador de Sauce Viejo”

En enero de 2022, el exvicepresidente comunal José Luis Aranda realizó una publicación en su perfil de Facebook en la que comparaba a Papaleo, entonces flamante intendente de Sauce Viejo, con el dictador nazi Adolf Hitler: “El nuevo dictador de Sauce Viejo”, rezaba el posteo, seguido por una imagen de Papaleo caracterizado como Hitler y una serie de críticas a la nueva gestión.

Papaleo presentó una querella contra Aranda y sostuvo que el contenido ofensivo de la publicación afectó su honor y su bien nombre. La defensa de Aranda rechazó la atribución realizada por Papaleo y solicitó el sobreseimiento de Aranda. Sin embargo, el juez Pablo Busaniche entendió que era necesario profundizar en la causa a través de un juicio oral y público.

Los abogados Alfonso Garrone y Vázquez apelaron la resolución de Busaniche y la Cámara de Apelaciones le dio la razón a la defensa de Aranda: la publicación contra Papaleo no puede considerarse como un delito de injurias ya que atiende a cuestiones de interés público, que están exceptuadas por el Código Penal y amparadas por el derecho constitucional de libertad de expresión.

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Mario Papaleo, intendente de Sauce Viejo

Mario Papaleo, intendente de Sauce Viejo

El artículo 110 del Código Penal precisa cuáles son las excepciones al delito de injurias: "En ningún caso configurarán delito de injurias las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas. Tampoco configurarán delito de injurias los calificativos lesivos del honor cuando guardasen relación con un asunto de interés público”.

En la apelación presentada por los defensores de Aranda citan doctrina que establece que “se debe entender que refiere a un interés público todo asunto vinculado con los funcionarios públicos, o que sea de utilidad de la sociedad en general. Por ejemplo: la crítica a un funcionario público, siempre que se trate del ejercicio de sus funciones”.

Los defensores explicaron que las partes del conflicto son el actual intendente de la localidad de Sauce Viejo, y una ex autoridad municipal que pertenece a un partido político opositor: “No requiere mayores indagaciones vislumbrar que el caso que nos ocupa encuadra en los supuestos considerados atípicos por la norma”, precisaron, y solicitaron el sobreseimiento de Aranda.

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Ignacio Alfonso Garrone, abogado defensor del caso junto a Clara Vázquez.

Ignacio Alfonso Garrone, abogado defensor del caso junto a Clara Vázquez.

Querella desestimada

La resolución del juez de la Cámara de Apelaciones, Roberto Reyes repasa la publicación realizada por Aranda en Facebook, y detalla que invocó a despidos de personal de planta permanente que fue introducido en la administración de la intendencia inmediatamente antes de que Aranda dejara el cargo que actualmente ocupa Papaleo.

“Sin dudas que tales expresiones, sumada la caracterización inequívoca de quien fuera el personaje más siniestro de la historia mundial, tienen aptitud suficiente para provocar en el receptor de las mismas el sentimiento de deshonra, que sin dudas trasciende a la comunidad, dada la forma pública en que fueron vertidas”, sostiene Reyes.

Por otro lado, Aranda y sus defensores solicitaron el sobreseimiento amparándose en la última parte del artículo 110 del Código Penal, que despenaliza la aplicación de la figura cuando las expresiones refieran a "asuntos de interés público", argumentando que lo expuesto fue en razón de críticas a la gestión de Papaleo como actual Intendente.

Para Reyes, la cuestión no merece un tratamiento más específico, como había entendido Busaniche en el auto de apertura a juicio, “por cuanto se hace alusión a despidos que se habrían realizado, con referencia también a la ciudad de Sauce Viejo, lo que inequívocamente alude a la gestión del querellante y esto también sin dudas, debe ser considerado asunto "de interés público”, sostuvo el camarista: “el hecho no encuadra en una figura penal”, concluyó.

Finalmente, Reyes sostuvo que “si bien existen razones para entender que el querellante se sienta ofendido por haberse expuesto públicamente su "comparación" con el siniestro personaje que fue Adolf Hitler, (…), ello es entendido dentro del contexto del desempeño del querellante en su gestión como intendente de la localidad de Sauce Viejo, es decir, conforme a su desempeño que como tal es de "interés general" de la comunidad”.

Para Reyes, el concepto de “interés público” en este caso está presente ya que Papaleo es “la máxima autoridad comunal de la localidad de Sauce Viejo”, y la publicación refería a su gestión como intendente, “lo que a mi entender es suficiente para otorgar a estas circunstancias la causal eximente de tipicidad dispuesta por el arto 110 del Cód. Penal”, explicó el camarista.