Los cuatro acusados por el femicidio de Rocío Vera en Reconquista deberán ser juzgados en debate oral y público, según resolvió la jueza Claudia Bressán tras los planteos ventilados en la audiencia preliminar. La magistrada rechazó el pedido de sobreseimiento para dos de los implicados y confirmó la acusación por homicidio cuádruplemente calificado y abuso sexual.
La acusación es llevada adelante por el fiscal de Reconquista Aldo Gerosa, y los abogados querellantes Valentín Hereñú (del Centro de Asistencia Judicial a la Víctima en representación de la mamá de Rocío) y Matías Pautasso y Carolina Walker Torres en representación de tres asociaciones civiles y de la hermana de la víctima. En tanto, los acusados son representados por la defensora pública María Noel Severo.
La Defensa de los cuatro acusados, identificados como Pascual Eduardo Fagundes, Leonardo Gastón Godoy, Juan Daniel Godoy y Brian Carlos Altamirano, había solicitado el sobreseimiento de Fagundes y de Altamirano, y también había solicitado el rechazo de la acusación por considerarla imprecisa, lo cual perjudicaba el derecho de defensa en juicio.
En su resolución, a la que tuvo acceso AIRE, Bressán consideró que “si bien es cierto de la simple lectura de las acusaciones se desprende que las mismas son largas, incluso podría llegar a tachársela de confusa, ello no lo es”, y agregó que el bloque acusador aportó lo elementos necesarios y pertinentes para que la defensa sepa de qué hechos concretos tiene que defenderse. Incluso de la intensidad del daño causado y provocado, cual ha sido el rol o participación que cada imputado tomó en esos hechos, como así también el grado de participación que a cada uno se le atribuye”. Es decir, presentó la totalidad de los elementos necesarios para que la defensa ejerza de manera adecuada y sin sorpresas su tarea en el juicio.
En cuanto al planteo de sobreseimiento de los Fagundes y Altamirano, la jueza sostuvo que “no se dan los presupuestos legales”: ha quedado debidamente demostrado que no existe elemento que permita la extinción de la acción, ni apartarlos de la causa. Bressán remarcó que los acusadores han logrado hasta esta etapa del proceso sostener de manera adecuada la acusación contra los cuatro implicados y el pedido de apertura del juicio a los fines de lograr una condena.
Acusación y pena
Bressán confirmó la acusación a los cuatro implicados como posibles coautores de homicidio cuádruplemente agravado por mediar violencia de género, por cometerse mediando alevosía, por la intervención activa de menores de edad y por ser criminis causae — para ocultar otro delito- en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por dos o más personas y por la intervención de dos menores de edad reiterado (dos hechos) y con amenazas (Arts. 80 incs. 2, 7 y 11, 41 quater, 55, 119, 3er y 40 párrafo, este último en su letra d), 41 quater, 149 bis 1. Párr. del Código Penal Argentino).-
Los hechos así calificados comprenden una única pena posible de prisión perpetua, y se espera que en el juicio se presenten a declarar unos cincuenta testigos.
La acusación
Fagundes, los hermanos Godoy y Altamirano, con intervención de otros dos adolescentes menores de edad, fueron acusados de haber agredido sexualmente y atacado mortalmente a Rocío, entre el 12 y el 13 de julio de 2020 en un inmueble donde residían los hermanos Godoy.
Según la acusación, Rocío “fue convencida de concurrir al lugar y, cuando ingresó, los imputados –junto a dos menores de edad– le dijeron que la iban a violar”. Rocío se negó, comenzó a gritar e intentó resistirse, pero comenzó a ser golpeada y forzada”.
Luego, el grupo arrastró el cuerpo agonizante de Rocío hasta un terreno baldío lindero donde volvieron a agredirla sexualmente y finalmente falleció tras agonizar varias horas, a consecuencia de un traumatismo de cráneo, y las múltiples heridas y fracturas ocasionadas por los golpes.
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