Contaminación ambiental en Capitán Bermúdez: rechazaron la acusación contra el exfiscal Patricio Serjal
El juez Tomás Orso rechazó la acusación contra el exfiscal regional de Rosario, Patricio Serjal, en una causa por contaminación y dispuso su sobreseimiento.
Una resolución de la Cámara de Apelaciones benefició a Patricio Serjal en una causa por contaminación ambiental
La Cámara de Apelaciones de Rosario revocó la acusación contra el exfiscal regional Patricio Serjal y dispuso su sobreseimiento en el marco de una causa por contaminación ambiental en Capitán Bermúdez por considerar que la conducta imputada es "atípica", es decir, no configura un delito penal.
La resolución fue dada conocer este jueves y lleva la firma del juez Tomás Orso, quien resolvió la apelación que había sido interpuesta por los abogados defensores Ignacio Carbone y Gustavo Feldman, en representación de Serjal, y Claudio Puccinelli y Alejandro Parolo, en representación del entonces fiscal de Estado adjunto Gustavo Luzzini.
Serjal y Luzzini habían sido imputados a principio de 2021 por los fiscales Luis Schiappa Pietra y Matías Edery, quienes investigaban por qué se había cerrado la investigación sobre la Petroquímica Bermúdez, cuando había motivos para continuar con la pesquisa sobre las causas de la “bomba ambiental”, como se denominó este episodio.
Patricio Serjal dispuso no continuar una investigación a la Petroquímica Bermúdez por contaminación.
El sobreseimiento de Patricio Serjal
En su resolución, el camarista Orso avaló las posturas defensivas de los acusados y revocó la resolución dictada por el juez Ariel Cattaneo el 12 de agosto de 2025, en la que se había admitido la acusación fiscal e invalidado los planteos de sobreseimiento, archivo y prescripción.
Orso concluyó que las conductas atribuidas a Patricio Serjal y Gustavo Luzzini resultaban "atípicas". El magistrado arribó a esta conclusión al considerar que los hechos imputados (abuso de autoridad, omisión de persecución penal, encubrimiento agravado) exigen dolo o un malicioso apartamiento de la ley, lo cual no se configuró: las acciones de los imputados fueron consideradas actos llevados a cabo en el ejercicio de sus funciones y, por lo tanto, no constituían delito alguno, entendió el camarista.
Al considerar que Serjal y Luzzini no habían actuado con dolo, sino con desempeño funcional, Orso rechazó la acusación y dispuso el sobreseimiento de Patricio Serjal y Gustavo Luzzini.
En cuanto a Gustavo Luzzini, el camarista determinó que su actuación, al prestar consentimiento para el cierre del caso, resultó compatible con el objetivo principal del Poder Ejecutivo Provincial y la Fiscalía de Estado: lograr la mayor remediación posible del predio contaminado. El juez concluyó que Luzzini actuó ajustado a derecho y dentro de los criterios de su organismo, sin que su mera intervención funcional pudiera ser considerada ilegal o configurativa de delito.
Juicio a Alvarado. Los fiscales del caso, Matías Edery y Luis Schiappa Pietra.
La acusación había sido presentada por los fiscales Matías Edery y Luis Schappa Pietra.
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Contaminación ambiental
Patricio Serjal había sido acusado como autor de tres delitos: a buso de autoridad, omisión de persecución penal y encubrimiento agravado. La acusación, ahora rechazada por la Cámara, sostuvo que Serjal, en su rol de Fiscal Regional de Rosario, ordenó al fiscal Juan Carlos Ledesma que aplicara un criterio de oportunidad y archivara la investigación penal por contaminación ambiental atribuida a la Petroquímica Bermúdez, actuando "sin habilitación legal vigente para ello".
Para los acusadores, Serjal actuó a sabiendas de que el predio en cuestión estaba contaminado y que esto representaba un peligro para la salud de las personas, y que en el caso no se podía aplicar el criterio de oportunidad que había ordenado Serjal. Como resultado de esta conducta, los directores y/o responsables de la empresa Petroquímica Bermúdez pudieron eludir la acción penal por más de dos años y remover irregularmente el pasivo ambiental.
En cuanto a Gustavo Luzzini se le imputaron dos delitos: abuso de autoridad y encubrimiento agravado. La acusación se centró en que Luzzini, como Fiscal de Estado Adjunto, incumplió sus obligaciones y encubrió el delito cometido por otros: el 21 de diciembre de 2018, solicitó de manera conjunta con los representantes de Petroquímica Bermúdez S.A. la aplicación de un principio de oportunidad.
En una audiencia del 8 de marzo de 2019, Luzzini le manifestó al juez Tutau que había un desinterés por parte del Estado en proseguir la acción penal; para los acusadores, Luzzini llevó a cabo estos actos sabiendo que el predio estaba contaminado y representaba un peligro para la salud, y no le hizo saber nada de esto al Juez Tutau.
La Fiscalía sostuvo que este accionar implicó un incumplimiento de las normas legales y constitucionales vigentes y permitió que los responsables de la empresa eludieran la acción penal y removieran irregularmente el pasivo ambiental.