Condenaron a un tallerista de GNC que instalaba equipos sin autorización y ofrecía obleas por redes sociales

La Justicia federal condenó a un hombre que instalaba tubos de GNC sin autorización por irregularidades en el montaje y comercialización de los equipos.

La investigación permitió comprobar que el tallerista no estaba habilitado para instalar GNC

La investigación permitió comprobar que el tallerista no estaba habilitado para instalar GNC

Un tallerista de GNC identificado como Roque Adrián “Chueco” Garramuño fue condenado por la Justicia federal en el marco de una investigación que comenzó hace seis años a partir de denuncias presentadas por el Enargas, tras detectar que vendía obleas habilitantes a través de redes sociales.

La sentencia lleva la firma del juez de Cámara Luciano Lauría, tras un acuerdo abreviado arribado por el fiscal federal auxiliar Nicolás Sacco y el abogado defensor Sebastián Oroño. Garramuño fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional mientras otros dos implicados resolvieron el proceso a través de sendas probations.

La investigación estuvo a cargo de la Prefectura Naval Argentina, y permitió constatar que Garramuño realizaba montajes, pruebas hidráulicas y provisión de elementos de GNC en un taller no habilitado.

Luciano Homero Lauría, el juez del fallo.

Luciano Homero Lauría, el juez del fallo.

Publicaciones en redes sociales

La causa comenzó cuando la Gerencia de Gas Natural Comprimido del Enargas, junto con el asesor letrado de la Cámara de Talleristas Integrales de GNC y Afines de la Región Centro y la Cámara de Expendedores de Combustibles y Afines de Santa Fe (CECA), presentaron una denuncia penal en la que advertían a la Justicia sobre publicaciones en redes sociales que ofrecían obleas habilitantes de GNC.

En la denuncia radicada por Enargas se precisaba que el 3 de agosto de 2018 se había presentado en la sede del organismo un abogado asesor letrado de las cámaras empresarias de talleristas y expendedores de GNC, quien daba cuenta de la posible falsificación de una oblea habilitante de GNC, y su supuesto ofrecimiento de compra a través de Facebook.

En la denuncia se detalló que esa oblea habilitante fue adquirida por el abogado durante el mes de abril de 2018, en respuesta a la publicación de Facebook: el profesional se contactó con el vendedor para efectuar la compra, y la oblea fue entregada por cadete; tras esto, se comprobó que se trataba de un documento apócrifo.

Esta presentación dio inicio a la investigación por falsificación de documento público, y luego el propio abogado dio cuenta de otros hechos similares puestos en conocimiento de Enargas: en una fan page de una reconocida radio de Santa Fe se ofrecían a la venta obleas de GNC con vencimiento en 2019 y un número de teléfono de contacto.

La Gerencia del Enargas radicó la denuncia tras la presentación del asesor de las respectivas Cámaras de talleristas y expendedores de GNC

La Gerencia del Enargas radicó la denuncia tras la presentación del asesor de las respectivas Cámaras de talleristas y expendedores de GNC

Instalación de GNC sin habilitación

La investigación quedó a cargo de la Delegación de Inteligencia e Investigación Criminal de la Prefectura Santa Fe, que llevó a cabo tareas de investigación de campo. Estas pesquisas permitieron comprobar que Garramuño (junto con otros dos hombres) realizaba montajes de equipos de GNC, pruebas hidráulicas y entrega de obleas al margen de los controles oficiales y sin contar con un taller habilitado.

Con la evidencia recabada por los investigadores, la Justicia ordenó allanamientos que se realizaron el 26 de mayo de 2020; en el inmueble de Garramuño (ubicado en Monseñor Zaspe al 3900 de Santa Fe), las fuerzas de seguridad procedieron al secuestro de 11 cilindros de GNC y un vehículo Renault Sandero con equipo de gas instalado.

Finalmente, un informe técnico elaborado por el Enargas ratificó la ilegalidad del material al constatar que los cilindros no contaban con documentación sobre su procedencia ni aptitud técnica; que el domicilio no poseía certificación vigente para funcionar como taller de montaje; que el automóvil no estaba registrado ni habilitado para usar GNC, y que la oblea pegada en su parabrisas pertenecía en realidad a otro vehículo.

Condenado

Garramuño fue condenado a través de un juicio abreviado a 3 años de prisión de ejecución en suspenso como autor del delito de tenencia de materiales explosivos o inflamables sin autorización. Además, deberá cumplir ciertas reglas de conducta por el mismo plazo, que incluyen la obligación de fijar residencia, someterse al cuidado de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal y abstenerse de cometer nuevos delitos.

Además se dispuso el decomiso definitivo de los 11 cilindros incautados y del equipo de GNC instalado en el vehículo secuestrado, evitando que reingresen al circuito comercial por falta de seguridad comprobada.

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