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La Legislatura, dividida por el Código Procesal para menores de edad

Diputados insiste con lo votado y rechazó todas las enmiendas introducidas por la Cámara de Senadores.

En la última sesión ordinaria de la Cámara de Diputados de Santa Fe, los legisladores rechazaron todas las enmiendas introducidas por la Cámara Alta, que incluso, había cambiado el nombre del proyecto “Código Procesal Penal de Niños, Niñas y Adolescentes” por el de “Código Procesal Penal Juvenil”

Sin explicaciones en el recinto, la Cámara Baja resolvió devolver el expediente tal cual votaron en su oportunidad, haciendo caso omiso las enmiendas introducidas por la Cámara Alta.

La norma sancionada en Diputados fue muy debatida en las comisiones internas. El proyecto del Diputado, Leandro Busatto tiene como objetivo “integrarse al nuevo código Procesal de Adultos, derogar el actual Código Penal Juvenil y la reparación – no la aplicación de la pena -, garantizando la reinserción del joven a la sociedad.

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Recordemos que la Cámara Baja otorgó media sanción en noviembre de 2017 e ingresó de manera formal a la cámara de senadores a fin de ese mes del mismo año.

A partir de allí, la Cámara Alta trabajó en el texto con funcionarios judiciales, convocados por el Presidente del cuerpo y vicegobernador, Carlos Fascendini a tal efecto para consensuar la ley.

En ese marco, Lisandro Enrico explicó todas las enmiendas introducidas y efectivizadas en la sesión ordinaria del 8 de noviembre de 2018 sobre tablas y por unanimidad.

En sus fundamentos, Enrico aclaró que “lo aprobado por diputados, relacionado a un compendio legal para Niñas, Niños y Adolescentes, es “un código light” e insistió en “las modificaciones de procedimiento, de forma, de competencia y sobre todo, de fondo.”

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Para graficar algunas diferencias, Senado propone que todos los jueces penales van a poder juzgar a los menores de edad que cometan delitos, es decir se elimina la figura del juez de menores para que un magistrado de primera instancia pueda actuar. Diputados, en cambio proponía que intervengan los de ese fuero.

Otra de las diferencias sostiene que Diputados imponía la existencia de restricciones para que los fiscales puedan apelar resoluciones o fallos judiciales. Sin embargo, la Cámara Alta votó lo contrario.

Y que en lugar de comenzar a regir a los 180 días de su promulgación lo haga a partir de los 90 días. Entre otras tantas diferencias.

En una suerte de ida y vuelta, el proyecto se devuelve en tercera revisión. Si el Senado mantiene su postura puede remitir las enmiendas a la cámara de origen y si ésta insiste en su sanción con igual mayoría, definitivamente se toma como rechazadas todas las modificaciones del Senado y el proyecto recibe aprobación, según lo indica la Constitución de la provincia de Santa Fe.

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