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Gritos de la Tierra

Ley del fuego: entre las prohibiciones y la falta de control

Avanza en Diputados un proyecto para prohibir el uso de tierras quemadas por plazos de entre 30 a 60 años.

Con el dictamen favorable de la Comisión de Recursos Naturales de Diputados en el bolsillo, el proyecto impulsado por Máximo Kirchner que busca prohibir la venta de terrenos incendiados en plazos que van de 30 a 60 años dio un primer paso para su aprobación en el Congreso de la Nación.

Tras meses de incendios que dejaron al menos unas 900.000 hectáreas quemadas en todo el país (la tercera parte en el Delta del río Paraná) el proyecto aparece como respuesta política de urgencia a la presión de una crisis socioambiental grave. Sin embargo, deja algunos huecos y no contempla otras legislaciones existentes que, de hecho, ya estipulan qué hacer para castigar o evitar situaciones de incendios.

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Los incendios en los humedales del delta del Paraná, que ya afectaron a unas 90.000 hectáreas, constituyen una verdadera tragedia para la flora y fauna de las islas.

Los incendios en los humedales del delta del Paraná, que ya afectaron a unas 90.000 hectáreas, constituyen una verdadera tragedia para la flora y fauna de las islas.

Esa es la lectura, al menos, de la Fundación Argentina de Recursos Naturales (Farn), que pide “una correcta aplicación de la legislación vigente; plazos ajustables para las prohibiciones en caso de incendios; restauración/recomposición con participación social más monitoreo ciudadano; consideraciones diferenciadas según nivel de producción y tipología penal específica para tipificar conductas y grados de responsabilidad”, como claves para mejorar las normativas en caso de incendios.

¿Más leyes o más control?

En un documento difundido esta semana, la fundación destaca la importancia de iniciativas que busquen encontrar alternativas para enfrentar graves crisis de incendios como las de este año, que azotaron buena parte de Argentina y que fueron en su enorme mayoría de origen intencional, según destaca periódicamente el Sistema Nacional de Manejo del Fuego (SNMF).

En relación al proyecto de ley 5222-D-2020 presentado por Kirchner, que propone modificaciones a otra ley preexistente (la 26.815 de Manejo del Fuego), desde esa organización señalaron que “ya existen normas y mecanismos previstos en la legislación vigente” incluidas tanto en la propia Constitución Nacional (disposiciones generales del deber de recomponer el daño ambiental consagradas en el artículo 41 y en la Ley 25.675 General del Ambiente), así como previsiones en la Ley 26.815 de Manejo del Fuego que obligan a recomponer y reparar el daño producido en los territorios. En igual sentido se establece en la Ley 26.331 de presupuestos mínimos de protección ambiental de bosques nativos.

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Les quemas también afectaron miles de hectáreas en las islas cercanas a Santa Fe.

Les quemas también afectaron miles de hectáreas en las islas cercanas a Santa Fe.

“Cabe resaltar que, durante los últimos años y como resultado de diversas falencias en su implementación por parte de las autoridades competentes, lo que incluye un importante y sostenido desfinanciamiento, estos instrumentos legales se aplican sólo parcialmente” especificaron desde esa organización.

Plazos y restauración

Además, la Fundación pide reconsiderar los plazos de 60 y 30 años de prohibición del proyecto de Kirchner para sustituirlos por otros criterios de tiempo que “conduzcan al logro de la finalidad que promueven la Ley de Bosques Nativos y la Ley de Manejo del Fuego, que es lograr la efectiva restauración y recomposición del ambiente afectado”.

A ese fin, sugieren que las prohibiciones se refieran directamente al tiempo que transcurra hasta lograr la efectiva restauración o recomposición, y no a un plazo fijo tal como está dispuesto en el texto original del proyecto. El argumento esgrimido es que así “podrá contarse con parámetros más objetivos y ajustados a la realidad de cada uno de los territorios y casos en los cuales habrá de aplicarse la norma”.

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En relación a la manera de abordar la restauración y recomposición de los territorios quemados, la Farn pidió que se avance en un sistema que garantice participación social que incluya a las organizaciones ambientales y sociales, científicos y comunidades locales afectadas.

Responsabilidad final

Finalmente, destacan la importancia de encontrar mecanismos que identifique responsables y afectados por los incendios en los campos. “No es lo mismo cuando titulares de tierras inician fuegos para ganar terreno para actividades productivas o lograr el cambio de uso del suelo que cuando esos mismos titulares no lo hacen, pero sufren igualmente las consecuencias”, reconocieron desde la fundación. Para ese, pidieron incorporar tipología penal específica que además incluya delitos a los bienes ambientales.

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