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El Concejo de Santo Tomé aprobó modificaciones a la ordenanza del descanso dominical

El Centro Comercial de Santo Tomé informa que en la última sesión ordinaria del Concejo Municipal se aprobó por unanimidad modificaciones a la ordenanza municipal que adhiere a la ley provincial que rige en la materia.

Las modificaciones apuntan a resolver la situación que se plantea al presentarse en el calendario uno de los feriados incorporados a la norma como días no laborables (por ejemplo: 25 de mayo, 20 de junio y 9 de julio) junto a un día domingo. En este caso correspondía que el comercio que por sus dimensiones y rubro debía cumplir con el descanso dominical cierre durante dos días consecutivos, lo que representaba una pérdida en lo económico para el comerciante y la imposibilidad de adquirir productos por más tiempo parte del consumidor.  El presidente del centro comercial Pablo Barbero dijo por ahora vengo 2da edición que queda en la  decisión del empresario abrir o no la puertas del comercio

La primera vez que ocurrió un caso mencionado fue el pasado 25 de mayo (día lunes) y en el próximo fin de semana se presentaba una circunstancia extra y es que más comercios abarcados por la ordenanza y que comúnmente no abren los domingos, tampoco iban a abrir el sábado con la particularidad de que es el día previo al Día del Padre, en el que muchos negocios mejoran las ventas del semestre.

El concejal Ángel Piaggio había propuesto una enmienda a la norma local en la sesión del 19 de mayo, enfocada a suplir la situación para el feriado del lunes 25 de mayo. No fue acompañado en ese momento y en la semana que transitamos se volvió a analizar el tema por parte de los ediles y se aprobó por unanimidad.

En definitiva, a partir de ahora, si alguno de los feriados incorporados como no laborables por la Ley del Descanso Dominical cae sábado, el comerciante podrá abrir en horario corrido o en horario comercial y si cae lunes, tan solo medio día, por la mañana.

Los cambios incluyen la salvedad de que en cada caso será el empleado de comercio quien decida si trabaja o no en esa jornada, con la notificación correspondiente al gremio mercantil.

Es importante agregar que la Ley también incluye como no laborable al Día del Empleado de Comercio que se concretará anualmente el miércoles de la última semana de septiembre por lo que no estaría en condiciones de ser modificada su condición.

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