A través de ese Programa, el Estado Nacional se hace cargo de hasta el 50% de los salarios de los trabajadores del sector privado, y la implementación y pago de ese beneficio se viene realizando "en forma contemporánea al proceso habitual de liquidación de haberes por parte de las empresas que han sido incorporadas", explicó el Poder Ejecutivo.
Así, en una resolución del Ministerio de Trabajo publicada en el Boletín Oficial, la Casa Rosada puntualizó cómo tendrán que hacer las empresas que fueron incluidas en el Programa, pero que ya pagaron los salarios del mes pasado en parte o en su totalidad.
"Los empleadores que hubiesen efectuado el pago total o parcial de haberes correspondiente a abril de 2020, en forma previa a la percepción por parte de sus trabajadores del beneficio del Salario Complementario, y cuyo monto, sumado el pago del beneficio del Salario Complementario correspondiente a dicho mes, supere el que le hubiere correspondido percibir a cada trabajador por parte de su empleador, podrán imputar el monto excedente a cuenta del pago del salario correspondiente a mayo de 2020", según el texto oficial.
Ante la crisis generada por la pandemia, el Gobierno decidió pagar parte de los salarios de aquellas empresas afectadas por la situación.
El Programa ATP se creó para asistir a empleadores y trabajadores del sector privado afectados por la emergencia sanitaria, y contempla una asignación equivalente al 50% del salario neto del trabajador correspondiente a febrero de 2020, no pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles, o al total del salario neto correspondiente a ese mes.
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La cartera Laboral indicó que sin perjuicio de la compleja situación económico financiera producto de la cuarentena, las empresas incluidas en el Programa "vienen realizando, mediante esfuerzos y medidas extraordinarias, el pago total o parcial de los haberes correspondientes a abril de 2020, aun cuando sus trabajadores dependientes no hubiesen percibido el beneficio del salario complementario al momento del pago de los haberes".
El denominado Salario Complementario será equivalente al 50% del sueldo neto del trabajador o trabajadora, con un piso de un haber mínimo y un tope de dos salarios mínimos.
De esta manera, en un sueldo de 30.000 pesos de bolsillo, el Estado se hace cargo de 16.875 pesos, que es el monto del salario mínimo.
En el caso de un salario de $50.000 de bolsillo, el Estado deposita 25 mil, y un salario de 80 mil pesos, el equivalente a dos salarios mínimos ($33.750).
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