La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió un instructivo para explicar cómo hacer el trámite ante el organismo para demostrar ingresos mensuales inferiores a $392.562 y, así, pagar menores aumentos en las cuotas de las prepagas.
Para quienes sean titulares de un plan de medicina prepaga y precisan realizar la "Declaración Jurada de Certificación de Ingresos ante la AFIP" deben tener una clave fiscal con nivel de seguridad 3 y registrar ingresos menores a seis salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM), que es de $65.427.
De esta forma, se contabilizan ingresos mensuales inferiores a $392.562.
Para presentar la declaración hay que realizar los siguientes pasos: ingresar a www.afip.gob.ar con clave fiscal 3; adherirse el servicio Mi SSSalud; reiniciar la sesión; ingresar al servicio Mi SSSalud; una vez allí, el portal lo redirigirá al sitio web de la Superintendencia de Servicios de Salud; una vez allí, completar el formulario de declaración jurada.
Las personas que no cuenten con clave fiscal de nivel 3, pueden ver cómo obtenerla a través de la app Mi AFIP en el siguiente tutorial: https://youtu.be/MH0wEXHgtRc.
Para más información ingresar en www.afip.gob.ar/claveFiscal.
Los que hayan conservado dudas sobre cómo proceder pueden ingresar a la guía "Paso a Paso" de la AFIP en el siguiente link: https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/guiasPasoPaso/VerGuia.aspx?id=455.
Prepagas: por qué es necesario hacer el trámite para pagar menos
El Gobierno Nacional ha decidido que a partir del 1 de febrero de 2023 y durante un período de 18 meses, los aumentos de las prepagas dependerán de las subidas salariales y no de la inflación. Las empresas de medicina prepaga han anunciado que habrá un aumento del 8,21% en febrero.
Las personas que quieran evitar el mayor incremento tendrán que rellenar un formulario antes del 20 de enero, y así todos los meses. Si tienen ingresos inferiores a seis salarios mínimos, que equivaldrían a $392.562 con el salario de enero, el aumento estará autorizado con un tope del 90% del índice de evolución de los salarios Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).




