Impuesto a las Ganancias: qué hacer para que el descuento no supere el 35% del salario
La AFIP realizó la aclaración “ante los casos de público conocimiento en los que los empleados sufrieron un descuento mayor del impuesto a las Ganancias al 35%, que es la alícuota máxima del impuesto”.
Te podría interesar
El organismo recaudador indicó en un comunicado que “el empleado debe informar todo el ejercicio, las deducciones y la renta percibida de otros empleos hasta el 31 de marzo de cada año”.
La entidad remarcó que “el empleador no podrá en el año descontar más del 35% del salario como retención de Ganancias”, pero señaló que “puede superar dicho límite en la liquidación anual que se produce con el sueldo de abril, salvo que el empleado manifieste por escrito su decisión de que se respete ese límite”.
La retención puede llegar al total del salario en tres casos:
La AFIP explicó que “en dichas circunstancias, el empleador sólo tiene una oportunidad de retener el impuesto y, de ese modo, evitar que el empleado adeude impuestos y tenga que ingresarlos por su cuenta”.
“En general, los empleadores dan aviso a sus empleados de estas obligaciones, de modo de evitar los inconvenientes difundidos en los últimos días”, resaltó la Administración.
En los últimos días, las redes sociales se colmaron de quejas de empleados que habían sufrido fuertes descuentos en concepto de Ganancias.
Fuente: Ámbito Financiero




