Hasta cuándo tiene tiempo tu empleador de pagarte el aguinaldo de junio

Con la llegada de junio, los trabajadores en relación de dependencia esperan el cobro del Sueldo Anual Complementario (SAC). Cuáles son los plazos legales, la prórroga que permite la ley y qué hacer si se vence el término.

La legislación laboral contempla un período de gracia de cuatro días hábiles tras el vencimiento de la fecha límite de junio.

La legislación laboral contempla un período de gracia de cuatro días hábiles tras el vencimiento de la fecha límite de junio.

Llegó el mes de junio y, con él, una de las fechas más esperadas por los trabajadores argentinos: el cobro de la primera mitad del Sueldo Anual Complementario (SAC), popularmente conocido como aguinaldo. En un contexto económico complejo, el bolsillo aprieta y muchos se preguntan: ¿hasta cuándo tiene tiempo el empleador de depositarlo?

La legislación laboral argentina es muy clara respecto a los plazos, aunque contempla un pequeño "gris" que las empresas suelen utilizar.

La fecha límite legal para el cobro del aguinaldo

Según lo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo, la primera cuota del aguinaldo tiene una fecha fija de vencimiento: el empleador tiene tiempo de pagarlo hasta el martes 30 de junio de 2026.

Sin embargo, hay un detalle clave que todo trabajador debe conocer. La propia legislación laboral contempla un período de gracia de hasta cuatro días hábiles de retraso.

Debido a esto, el pago del medio aguinaldo de junio se puede extender legalmente hasta los primeros días de julio sin que la empresa incurra en una infracción grave sancionable de forma inmediata.

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La Ley de Contrato de Trabajo fija un límite estricto para el depósito de la primera mitad del Sueldo Anual Complementario, conocido como aguinaldo. 

La Ley de Contrato de Trabajo fija un límite estricto para el depósito de la primera mitad del Sueldo Anual Complementario, conocido como aguinaldo.

¿Cómo se calcula el aguinaldo de junio?

Para saber exactamente cuánto te corresponde cobrar, tenés que seguir una fórmula sencilla:

  • Revisá tus recibos de sueldo de enero a junio y detectá cuál fue el mes con mayor remuneración bruta (es decir, antes de los descuentos de obra social y aportes).

  • En ese cálculo entran las horas extras, las comisiones y los plus que hayas cobrado.

  • A ese monto más alto, lo dividís por dos.

¿Qué pasa si trabajé menos de seis meses? Si entraste a trabajar hace poco o se terminó tu contrato en medio del semestre, vas a cobrar un proporcional. La cuenta es: el tiempo trabajado en el semestre dividido los 180 días del semestre, multiplicado por la mitad de la mejor remuneración.

¿Qué hacer si el empleador no paga el aguinaldo a término?

Si se superan los 30 días de junio y los cuatro días hábiles de prórroga legal sin recibir el depósito, el empleador queda en una situación de mora automática.

Ante este escenario, los trabajadores tienen el derecho de:

  • Realizar el reclamo formal de manera individual a través de una intimación (telegrama laboral).

  • Acudir al gremio o sindicato correspondiente para que intervenga.

  • Presentar una denuncia ante el Ministerio de Trabajo para exigir el pago inmediato más los intereses correspondientes por el retraso.

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