En este mes de junio, las empleadas domésticas recibirán el último tramo del 27% de ajuste pactado en tres tramos en marzo pasado. Este mes, también deberán cobrar el medio aguinaldo.
Para calcular el 6% de aumento que corresponde a junio, hay que tomar los salarios que las empleadas de Casas Particulares recibían en marzo, que para las empleadas que cobran por hora llegará con el comienzo del nuevo mes y para las que lo hacen de manera mensual, recién lo verán reflejado en los salarios de julio.
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Empleadas domésticas: cómo calcular el aguinaldo
Para hacer el cálculo del SAC hay que tomar el mejor sueldo del semestre, y dividirlo en 2.
Otro dato a tener en cuenta para las que reciben el salario de forma mensual, es que en junio verán reflejado el incremento del 7% previsto para mayo.
Aumento para empleadas domésticas: cuánto queda la hora en junio
- Quinta categoría, tareas generales: $ 777 la hora con retiro; y $ 838, sin retiro.
- Cuarta categoría, asistencia y cuidado de personas: $ 838 la hora con retiro. Y $ 937,5 la hora, sin retiro.
- Tercera categoría, caseros: $ 838 la hora.
- Segunda categoría, tareas específicas: $ 887,5 la hora con retiro; y $ 973 la hora, sin retiro.
- Primera categoría, supervisores: $ 937,5 la hora con retiro; y $ 130.287, sin retiro.
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Aumento para empleadas domésticas: cuánto queda el mes con el aumento de junio
Cómo queda el salario mensual con el aumento del 6%:
- Quinta categoría: $ 95.345 con retiro; y $ 106.023 sin retiro.
- Cuarta categoría: $106.023 con retiro; y $ 118.151 sin retiro.
- Tercera categoría: $106.023.
- Segunda categoría: $ 108.668 con retiro; y $ 115.250 sin retiro.
- Primera categoría: $ 116.966 con retiro; y $ 130.287 sin retiro.
Empleadas domésticas: cómo se paga el aguinaldo
Si la prestación de servicios es inferior a los seis meses, deberá liquidarse en forma proporcional a los meses trabajados (Ley de Contrato de Trabajo).
En este caso, se deberá dividir el salario mensual por doce y multiplicar el resultado por el tiempo trabajado. Por ejemplo, si una empleada comienza a trabajar en marzo, al momento de cobrar el aguinaldo habrán pasado cuatro meses.
La cuenta, entonces, sería, por ejemplo: ($50.000/12), x 4, el resultado será lo que deba abonar el empleador en concepto de aguinaldo.
El aguinaldo debe incorporarse en el recibo de sueldo que el empleado confecciona de manera electrónica a través de la AFIP. Es uno de los ítems que aparece en el formulario y que se completa solo dos veces al año.
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