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El Gobierno analiza extender el plazo para adherir a la moratoria impositiva

La norma fue sancionada a través de una ley y la fecha límite para adherirse es el 31 de octubre.

El Gobierno analiza extender a todo noviembre el plazo para ingresar a la moratoria ampliada, que vence este sábado, con el fin de dar más tiempo a las personas físicas y jurídicas para adherirse.

La norma fue sancionada a través de una ley y la fecha límite para adherirse es el 31 de octubre.

Hasta ahora, el resultado no es el esperado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), pues entraron más monotributistas, autónomos y pequeñas empresas que grandes firmas.

Por ello, según pudo confirmar la agencia NA de tres fuentes oficiales, en Presidencia de la Nación tienen listo un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para extender la moratoria hasta el último día de noviembre.

Puntos principales de la Moratoria 2020

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip).

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip).

La moratoria incluye deudas vencidas hasta el 31 de julio de este año.

La primera cuota vencerá el 16 de diciembre próximo, por lo que hay un mes de gracia para empezar a pagar.

La tasa de interés fija es de 2% hasta mayo de 2021 y luego pasará a ser variable (tasa Badlar).

Los que pueden acceder son micro y pequeñas empresas con certificado vigente, contribuyentes condicionales, entidades sin fines de lucro, personas físicas inscriptas en Ganancias y Bienes Personales y monotributistas.

También empresas grandes y sus socios o accionistas, pero con ciertas limitaciones.

Este último universo sería el que menos adhesiones registra, según las fuentes consultadas.

El universo de impuestos a regularizar abarca deudas impositivas, previsionales y aduaneras, y se ofrecen condonaciones de intereses y multas.

También se pueden refinanciar planes vigentes, reformular planes caducos u obligaciones en discusión administrativa o judicial.

No se pueden incluir las cuotas de ART, obra social, aportes y contribuciones del servicio doméstico, cuotas del seguro de vida obligatorio, aportes y contribuciones del Renatre y Renatea (trabajadores rurales y agrarios), y los anticipos de impuestos

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