ANSeS extendió hasta el 31 de agosto el plazo
La Resolución ratifica que el pago anticipado a través del “procedimiento abreviado” solamente se hará efectivo a ciertos jubilados, como los mayores de 80 años o con enfermedades graves, hubieran iniciado o no juicio y no hubieran rechazado la oferta de ANSeS.
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Así lo dispone la resolución 100/2018 del organismo previsional, publicada hoy en el Boletín Oficial, que alcanza a quienes recibieron un adicional por el programa de Reparación Histórica y cumplan con los siguientes requisitos:
* Hayan prestado conformidad y suscripto el acuerdo, hubieren iniciado juicio o no.




