La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ofrece un Subsidio de Contención Familiar a los parientes directos - cónyuge o conviviente previsional, padre o madre o hijo o hija - de personas que hayan fallecido por Covid-19 durante tiempos de la pandemia, que ya llegó a su fin.
En este caso, se trata de un reintegro que se paga por única vez y que puede acceder hasta $15.000.
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Subsidio de Contención Familiar de ANSES: ¿quiénes pueden cobrar?
En caso de fallecimiento de titulares de jubilación o pensión:
- Personas que acrediten pago de gastos de sepelio, cremación o inhumación.
- Viudos/as, convivientes previsionales, hijos/as con derecho a la pensión por fallecimiento.
- Otros/as herederos/as de la persona fallecida.
En caso de personas fallecidas por Covid-19:
Podrán solicitar el subsidio familiares directos (cónyuge o conviviente previsional, madre/padre, hijo/a) que acrediten gastos de sepelio, cremación o inhumación y pertenezcan a los siguientes grupos.
- Personas desocupadas.
- Trabajadores informales.
- Monotributistas de las categorías A y B.
- Personal de casas particulares.
- Titulares de la Asignación por Embarazo (AUE).
- Titulares de la Asignación Universal por Hija/o (AUH).
- Niñas, niños, adolescentes o personas mayores con discapacidad.
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Subsidio de Contención Familiar de ANSES: qué documentación necesito
Para acceder al pago único de $ 15.000 que otorga la ANSES, primero es necesario reunir la siguiente documentación:
- De la persona solicitante: DNI
- De la persona fallecida: Partida de defunción
Por persona fallecida titular de una jubilación o pensión:
Debe presentar, además:
- Factura emitida a tu nombre.
- Constancia emitida por empresa o cooperativa de energía, gremio o mutual.
- Póliza de la compañía de seguros.
Familiares con derecho a la pensión (derechohabiente previsional)
- Se abona junto a la pensión de forma automática sin necesidad de hacer ningún trámite.
Herederas y herederos de la persona fallecida pero que no tienen derecho a una pensión
- En caso de no haber familiares con derecho a pensión ni factura donde consten los gastos de sepelio, los herederas/os podrán solicitar este subsidio presentando los formularios PS.6.254, PS.6.258, PS.6.259, PS.6.286, PS.6.296, según el caso.
Por persona fallecida a causa de COVID-19:
- Personas (cónyuge o conviviente previsional, madre o padre o hija/o) con factura extendida a su nombre.
Subsidio de Contención Familiar de ANSES: cómo hacer el trámite
Para realizar el trámite hay que tener en cuenta dos cosas:
- Si el trámite lo realiza otra persona que acredite haber pagado el sepelio, cremación o inhumación, debe hacerlo antes de cumplirse un año desde el fallecimiento.
- Se puede hacer junto con el inicio del trámite de la pensión.
Luego, una vez reunida la documentación necesaria para cada caso, se debe sacar turno para realizar este trámite.
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