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Hidrovía: organizaciones ambientalistas criticaron al nuevo órgano de control

La falta de participación ciudadana y el rol menor otorgado al ministerio de Ambiente, bajo la lupa.

Varias organizaciones ambientalistas que siguen de cerca el debate en torno a la nueva gestión estatal de la hidrovía (los tramos del Paraná dragados y concesionados) alertaron sobre los límites del decreto de Nación que creó el órgano de control de esa concesión, el que carece –según señalaron– de herramientas para garantizar la participación ciudadana y pone al Ministerio de Ambiente en un lugar casi testimonial.

Así lo remarcaron tanto la Fundación Cauce como el Taller Ecologista y la Asociación de Abogados Ambientalistas de Argentina, que coincidieron en alertar sobre una “deliberada ausencia de la participación ciudadana” y sobre la “desprotección” que seguirán teniendo los ecosistemas fluviales dependientes del Paraná. “El decreto profundiza el modelo extractivista vigente y su mega infraestructura asociada, sin considerar las consecuencias ambientales y territoriales que genera”, alertaron.

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Participación ciudadana, ausente

En el comunicado firmado por Cauce y el Taller Ecologista se remarca que, 25 años después de la creación de la hidrovía “sigue estando ausente la participación ciudadana”. Si bien en el decreto de Nación se hace referencia a mecanismos de participación, estas instancias quedaron destinadas a los actores interesados en el tráfico fluvial. “No existe lugar para la participación ciudadana y en particular para que las comunidades afectadas por esa infraestructura intervengan en las decisiones sobre sus territorios”, algo que el gobierno debería garantizar ya que así lo dispone el Acuerdo de Escazú, aprobado por ley del Congreso de la Nación en noviembre de 2020.

Los abogados ambientalistas hicieron la misma lectura al considerar que, tal como está, el decreto “reduce directamente la democracia participativa socio-ambiental al minimizar la ausencia de mecanismos de participación ciudadana”, lo que genera el incumplimiento de la legislación constitucional ambiental, además de Escazú.

https://twitter.com/AbogadesAmbient/status/1430977122823254021

El Ministerio de Ambiente, relegado

Otro punto a tener en cuenta es el lugar marginal que le tocó al Ministerio de Ambiente en el flamante órgano de control, que traduce en realidad el lugar otorgado desde la visión estatal al cuidado y a la protección del ambiente. “La ausencia del Ministerio de Ambiente en el Consejo Directivo implica un claro déficit en materia de cumplimiento de la normativa ambiental, tanto en el proceso de confección de los pliegos licitatorios como en el control de las concesiones y en la planificación de esta mega infraestructura implantada en ecosistemas fluviales”, señalaron los ambientalistas.

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En realidad, todo seguirá igual que en los últimos 25 años, "sólo que ahora se contará con un organismo para controlar la profundización del modelo extractivista y su mega infraestructura asociada, sin considerar una vez más las consecuencias ambientales y territoriales que genera" destacaron.

Para las organizaciones esta exclusión de la cartera ambiental, en definitiva, significa “profundizar la situación del Consejo Federal de la Hidrovía, un órgano político directamente organizado por el Poder Ejecutivo Nacional”.

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Normativa ambiental, descuidada

La ausencia de participación ciudadana y el relegamiento del Ministerio de Ambiente llevan, en definitiva, a un descuido grande de las normativas ambientales a la hora de pensar la nueva hidrovía. “Estas decisiones no refieren a ningún tipo de resguardo en el cumplimiento de la normativa ambiental vigente a nivel federal, provincial y municipal”, marcaron desde la Asociación de Abogados Ambientalistas, desde donde puntualizaron la incongruencia que “el punto 22 habilita tareas para garantizar la navegabilidad frente a emergencias”.

En la práctica, esto podría implicar un sobredragado en un marco de crisis hídrica como el actual. “Los actos administrativos dictados en el marco del Proyecto Hidrovía Paraná-Paraguay deben estar ajustados al Estado de Derecho ambiental. Esto implica garantizar los principios ambientales, las normas ambientales y todas las herramientas de política y gestión ambiental vigentes en nuestro país”, afirmaron.

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