Pidió un crédito de $9.000 en 2009, murió y la Justicia ordenó que sus herederos paguen una insólita suma

Un fallo del Juzgado Civil y Comercial N° 7 de Bahía Blanca determinó que la familia deberá responder por un préstamo solicitado hace 17 años. La deuda incluye los intereses acumulados y solo podrá cobrarse sobre los bienes de la sucesión.

El hombre había solicitado un crédito personal de $9.000 en 2009 con una garantía otorgada por una sociedad estatal bonaerense.

El hombre había solicitado un crédito personal de $9.000 en 2009 con una garantía otorgada por una sociedad estatal bonaerense.

Un préstamo personal de apenas $9.000, solicitado en 2009, terminó convirtiéndose en un largo proceso judicial que se extendió durante 17 años. Tras la muerte del deudor en 2024, la Justicia resolvió que sus herederos deberán hacerse cargo del pago de la deuda, que hoy incluye los intereses acumulados durante casi dos décadas.

Cómo se originó la deuda

Según el expediente, el hombre solicitó un crédito personal de $9.000 al Banco Provincia en una sucursal de Bahía Blanca. Para acceder al préstamo, contó con el respaldo del Fondo de Garantías de Buenos Aires (FO.GA.BA. SAPEM), una sociedad anónima con participación estatal que facilita el acceso al financiamiento mediante el otorgamiento de garantías.

La entidad cubrió el 75% del préstamo, equivalente a $6.750, luego de que el cliente incumpliera con el pago. Posteriormente inició una demanda para recuperar ese dinero.

La Justicia aclaró que los herederos responderán únicamente con los bienes recibidos en la sucesión y no con su patrimonio personal.

La Justicia aclaró que los herederos responderán únicamente con los bienes recibidos en la sucesión y no con su patrimonio personal.

Qué resolvió la Justicia

El caso fue analizado por el Juzgado Civil y Comercial N° 7 de Bahía Blanca, a cargo de la jueza María Fernanda Arzuaga, quien hizo lugar al reclamo presentado por FO.GA.BA. SAPEM.

Como el deudor falleció en 2024, la demanda continuó contra sus herederos. De acuerdo con el fallo, estos fueron debidamente notificados, pero no se presentaron en el expediente para ejercer su defensa, por lo que fueron declarados en rebeldía.

La sentencia establece que deberán abonar los $6.750 que la sociedad de garantías pagó en su momento, además de los intereses generados desde el 25 de junio de 2009 hasta la actualidad.

Los herederos no responderán con su patrimonio personal

Uno de los puntos centrales de la resolución es que la obligación de pago no alcanzará el patrimonio personal de los herederos. La jueza aclaró que la deuda solo podrá cobrarse hasta el límite de los bienes que hayan recibido a través de la sucesión, tal como establece la legislación vigente. Además, deberán afrontar las costas del proceso judicial.

La sentencia quedó registrada oficialmente a mediados de julio y, una vez que quede firme, los herederos tendrán un plazo de diez días para cumplir con el pago dispuesto por la Justicia.

Las más leídas