La Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó este martes el amparo presentado por Juntos por el Cambio, que pedía la nulidad de las sesiones virtuales en el Congreso tal cual instó el oficialismo en función del riesgo por el contagio de coronavirus.
El juez Enrique Lavie Pico rechazó el amparo que lleva la firma de Mario Raúl Negri, Cristian Adrián Ritondo, Maximiliano Ferraro, Pablo Gabriel Tonelli, Mariana Stilman y Alberto Gustavo Menna.
En un fallo de 23 páginas indicó: “La legitimación de los accionantes, en su condición de 'Diputados y Diputadas', se encuentra desprovista de fundamentos, en la medida que “no fueron privados de ejercer las atribuciones que les asisten como legisladores y, por el contrario, fueron ellos los que opusieron resistencia a desempeñarlas”.
Y agregó que la convocatoria para el primer día del mes pasado ”se emitió de conformidad con el art. 14 del Reglamento, que pone de manifiesto que la modalidad bajo la cual se convocaba a los legisladores sesionar era la telemática".
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Lavie Pico citó como antecedente que en la sesión convocada para el 13 de mayo, de la misma manera, “los actores no opusieron ningún reparo”.
Consideró también que “los accionantes pudieron libremente en el recinto emitir ‘opiniones o discursos’, ejerciendo plenamente sus derechos políticos y, en definitiva, que el hecho de no haber votado se debió a su resistencia en acreditarse, y no a un impedimento que pueda ser objeto de reproche a esta parte, no existiendo por parte de la Presidencia de la HCDN vulneración alguna a sus prerrogativas parlamentarias”.
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