menu
search
Actualidad Córdoba |

Horror en Córdoba: violaron en grupo a una mujer, ella los denunció y volvieron a abusarla

La víctima había sido atacada en 2018 por el mismo grupo de hombres, a quienes denunció en reiteradas ocasiones, pero la Justicia hizo caso omiso a su reclamo.

Una mujer fue salvajemente violada, golpeada y abandonada al costado de una avenida. Sucedió el último fin de semana en la localidad cordobesa de Circunvalación y la familia de la víctima denunció que se trata de los mismos agresores que la atacaron en 2018 y a los que ella denunció ante la Justicia en reiteradas ocasiones.

A lo largo de estos cuatro años la mujer sufrió constantes amenazas por parte del grupo, que volvió a abusarla hace unos seis meses, en un hecho que ella prefirió no denunciar, ya que “la Justicia no hizo nada durante cuatro años”.

En ese marco, la joven de 25 años fue nuevamente violada en manada este domingo 25 de septiembre, y por el brutal ataque terminó internada en el Hospital de Urgencias, donde la operaron por una fractura de pelvis. Además, presentaba cortes en la frente, múltiples marcas de golpes e incluso un corte en la lengua, ya que los tres agresores, que quedaron detenidos, le arrancaron un piercing para torturarla

En diálogo con Canal Doce de Córdoba, su hermana dio detalles del horror que vivió en los últimos cuatro años y reveló que los hombres son conocidos de ella. Según explicó, todo comenzó durante una cena en 2018: “Cuando entró a la casa, una chica le dio una cerveza, no sabe qué tenía, y mi hermana perdió el conocimiento. Cuando se despertó, la estaban abusando y el hecho continuó por ocho horas. Uno de ellos tenía una cuchilla”.

“Prometieron vengarse y juraron que la iban a violar cuantas veces quisieran y que la iban a matar”, añadió sobre la amenaza que le dejaron a la mujer, quien sufrió ataques de pánico que afectaron gravemente su calidad de vida: “Queremos que cumplan su condena, para que nadie sufra como ella y todos nosotros como familia”.

Denunció que la violaron tres hombres en Córdoba: su hermana relató el horror

Denunció que la violaron tres hombres en Córdoba: su hermana relató el horror

Paso a paso: cómo denunciar un abuso sexual

Si es por teléfono, hay que llamar al 0800-222-1717, la línea contra la explotación sexual de niños y niñas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; al 144, que atiende a mujeres en situación de violencia; o al 137, de atención a víctimas de violencia familiar.

Si se realiza de manera presencial, los lugares posibles son varios. Se puede hacer en comisarías, fiscalías (especializadas -como la UFEM, la DOVIC o la UFISEX- o no), juzgados en lo criminal y correccional, o centros pensados para ese fin.

Requisitos

Para radicar la denuncia se necesita únicamente el DNI de la o el denunciante. Si se quiere denunciar un abuso infantil, su DNI y partida de nacimiento se pueden presentar después. Aunque no se precisa ir sí o sí con una abogada o abogado, sí es necesario cuando se quiere ser parte de la querella; o sea, cuando se quiere acusar, aportar pruebas y apelar, entre otras cosas, a la par de la o el fiscal. Tampoco importa si el hecho pasó hace años, ya que la prescripción -o la extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo, que implica la imposibilidad de perseguir y castigar penalmente a la o el autor de los hechos- depende de muchos factores y no se puede determinar al momento de radicar la denuncia.

Cómo sigue todo

Una vez hecha la denuncia arranca la investigación penal, con intervención de un juez y un fiscal. Para cumplir con los derechos de la víctima la Justicia tiene que seguir varias pautas durante todo el proceso. Algunas de ellas son:

  • EL PRINCIPIO GENERAL DE NO REVICTIMIZACIÓN: implica reducir al mínimo los efectos revictimizantes del proceso, intentando que el daño ya sufrido por la víctima no se incremente por su contacto con el sistema penal.
  • EL ACCESO A INFORMACIÓN JUDICIAL: es el derecho de la víctima a ser debidamente informada a lo largo de todo el proceso judicial.
  • LA ORIENTACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO DURANTE EL PROCESO: procurar que la víctima se encuentre contenida y acompañada durante el trámite de la causa, tanto en las instancias iniciales (por ejemplo, con la intervención de la Brigada Móvil dependiente del Programa Las Víctimas contra las Violencias), como mediante derivaciones posteriores a oficinas especializadas (a través de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a las Víctimas de la Procuraduría General de la Nación).
  • LA INTERVENCIÓN DEL DEFENSOR DE MENORES: en aquellos casos en los que se trate de una víctima menor de edad, éste interviene como su representante en el proceso.
  • LA ATENCIÓN MÉDICA EN LA EMERGENCIA: se deben aplicar en forma inmediata los protocolos sanitarios de anticoncepción de emergencia y de prevención de contagio de ETS.
  • EL DERECHO AL RESGUARDO DE LA INTEGRIDAD FÍSICA: la víctima, cuando existan indicadores de riesgo, tiene derecho a solicitar medidas de protección para su seguridad, la de sus familiares y la de testigos que declaren en su interés, tal como establece la Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos (27.372).

Las medidas de prueba pueden ser, entre otras, declaraciones testimoniales de la víctima o de otras personas con alguna relación al hecho. Si la víctima es menor de edad (16 años según el art. 250 bis del Código Procesal Penal de la Nación, o 18 según la resolución de la Procuración General de la Nación 8/09) va a una cámara Gesell. El nene o nena solo tienen contacto con un psicólogo o psicóloga y el resto de las partes ve todo desde el exterior a través de un vidrio espejado o un sistema de circuito cerrado.

En lo que es la búsqueda de pruebas, la Justicia sigue siendo la parte encargada de conseguirlas. Además de las ya mencionadas, también pueden ser pruebas los informes periciales sobre la víctima (como una prueba psicológica o psiquiátrica para buscar secuelas de un trauma psíquico o un examen físico o ginecológico) o sobre el imputado (como una evaluación psicológica o psiquiátrica para comprobar que hay perturbaciones en el área psicosexual); prueba documental, como historias clínicas y constancias de atención, legajos escolares o laborales o antecedentes judiciales; o pruebas de otro tipo, como allanamientos, intervenciones telefónicas, análisis de laboratorio sobre el material genético obtenido del cuerpo de la víctima, de su ropa o del lugar del hecho o el cotejo con el registro nacional de datos genéticos vinculados a delitos contra la identidad sexual y otras bases de datos, entre otras.

Temas