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Cuál es la diferencia entre feriados inamovibles, trasladables y días no laborables

El Gobierno nacional publicó el calendario de feriados para 2019. Se establecieron 19 días no laborales, mientras tres serán “puente”. Incluyendo 15 más que abarcarán solamente a la comunidad armenia, judía e islámica.

Para comprender el por qué de algunos cambios de fecha en la celebración de los feriados argentinos, que posibilitan los “puentes” turísticos, explicamos la diferencia entre feriados inamovibles, trasladables y días no laborables.

Leer más ► El 2019 nos presentará 19 feriados y tres “puentes”

Feriados Nacionales que se rigen por la Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de semanas largos Ley 27.399.

feriados inamovibles

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Feriados Nacionales que se rigen por la Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de semanas largos Ley 27.399.

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(a) Ley Nº 26.199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. Se invita a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley.

(b) Sólo para habitantes que profesen la Religión Judía. Dispuesto por el Art. 2 de la Ley 23.399.

– Los dos primeros días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 19 de Abril a las 18:07 horas y finalizan el día 21 de Abril a las 19:01 horas.

– Los dos últimos días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 25 de Abril a las 18:00 horas y finalizan el 27 de Abril a las 18:55 horas.

– Los dos días de Rosh Hashana (Año Nuevo) comienzan el día 29 de Septiembre a las 18:37 horas y finalizan el día 01 de Octubre a las 19:34 horas.

– El día de Iom Kipur (Día del Perdón) comienza el día 08 de Octubre a las 18:44 horas y finaliza el día 09 de Octubre a las 19:41 horas.

(c) Sólo para los habitantes que profesen la Religión Islámica. Dispuesto por el Articulo 3 de la Ley 23.399.
Fechas aproximadas. Se rigen por el calendario lunar.

(d) Se establecen como días no laborables con fines turísticos, previstos en el artículo 7° de la Ley N° 27.399.

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