El Gobierno asistirá a las familias que se encuentren en situación de desalojo, ante el inminente vencimiento, el próximo 31, de la vigencia del decreto que prorrogaba automáticamente los contratos de los alquileres y prohibía desalojos.
A través de la Resolución 88/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Desarrollo Territorial instruyó a la Secretaría de Desarrollo Territorial a elaborar y aprobar el “Protocolo Nacional de Alerta Temprana de Desalojos de Vivienda Única y Familiar en Regímenes de Alquileres Formales”.
Para esto, se convocó al ministerio de Justicia y a otros organismos nacionales, y se invitó a aquellos organismos provinciales pertinentes a la suscripción de convenios de cooperación, con el fin de recabar información sobre solicitudes de procesos de mediación y sobre existencia de sentencias judiciales de desalojo, en los casos comprendidos en contratos de locación alcanzados por el Decreto 320/20 y sus sucesivas prórrogas y modificaciones, que congelaron los valores de los alquileres y prohibieron los desalojos.
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Asimismo, el Ministerio instruyó a la Secretaría a arbitrar los medios necesarios para coordinar acciones de colaboración y cooperación con los entes ejecutores provinciales y locales de los proyectos de viviendas construidas con aportes del Estado Nacional, con el fin de abordar soluciones habitacionales para aquellos hogares que requieran asistencia pública.
El decreto remarcó que a tal efecto, se establecerán los criterios de priorización de las personas, teniendo en consideración a las familias monoparentales, en situación de violencia de género, a las personas con discapacidad, mayores o en situación de vulnerabilidad, entre otros.
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Entre los considerandos de la Resolución publicada este viernes, el Gobierno señaló que “en ese marco resulta necesario avanzar con medidas que contribuyan a dar solución a las problemáticas habitacionales de los hogares locatarios”, y que para ello se necesita “de la colaboración y cooperación entre organismos intervinientes en procesos de mediación y/o de desalojo”.
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