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Política Elecciones 2025 | La Libertad Avanza | Santa Fe

Elecciones 2025: la justicia electoral ordenó el cambio del nombre de una alianza en Santa Fe

La Justicia Federal con competencia electoral hizo lugar a la impugnación de La Libertad Avanza contra la alianza Avanza Libertad en Santa Fe.

El Juzgado Federal N° 1 de Santa Fe, con competencia electoral, resolvió hacer lugar a la impugnación presentada por el partido La Libertad Avanza contra la inscripción de la alianza electoral transitoria denominada Avanza Libertad, integrada por las agrupaciones Unión del Centro Democrático (UCEDE), UNIR y Unión Celeste y Blanco.

En el marco de las elecciones 2025, la presentación fue realizada por el apoderado de La Libertad Avanza, Juan Pablo Montenegro, quien solicitó la oposición formal a la utilización de la denominación, emblemas, logotipos y colores de la alianza. Argumentó que, desde el 1 de octubre de 2024, la agrupación que representa cuenta con personería jurídica definitiva en el distrito Santa Fe, lo que le otorga protección legal sobre el nombre partidario.

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Desde el 1 de octubre de 2024, La Libertad Avanza cuenta con personería jurídica definitiva en el distrito Santa Fe, lo que le otorga protección legal sobre el nombre partidario.

Desde el 1 de octubre de 2024, La Libertad Avanza cuenta con personería jurídica definitiva en el distrito Santa Fe, lo que le otorga protección legal sobre el nombre partidario.

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En su escrito, Montenegro sostuvo que la denominación Avanza Libertad generaba “confusión material e ideológica” con La Libertad Avanza, espacio político encabezado por el presidente Javier Milei, y que la ley protege “con severidad y rigor” el uso del nombre de los partidos políticos para evitar apropiaciones indebidas.

Por su parte, los apoderados de la alianza Avanza Libertad, Gonzalo Mansilla de Souza y José Luis Petrocelli, rechazaron la impugnación. Argumentaron que la coincidencia en las palabras “libertad” y “avanza” no otorgaba derechos exclusivos, ya que se trata de términos de uso común. Sostuvieron que la inclusión de la palabra “alianza” diferenciaba a la coalición, que está integrada por partidos con identidad propia y sin vinculación orgánica con La Libertad Avanza. Además, recordaron que la denominación Avanza Libertad había sido utilizada en procesos electorales previos en Santa Fe, antes del reconocimiento nacional de La Libertad Avanza.

La justicia avaló el reclamo de La Libertad Avanza

En su análisis, el juzgado recordó que el artículo 13 de la Ley 23.298 otorga carácter de atributo exclusivo al nombre partidario, prohibiendo su uso por cualquier otra organización dentro del territorio nacional. La normativa, señaló, busca evitar confusiones y garantizar que el electorado pueda identificar de manera clara a cada fuerza política, preservando la genuina expresión de su voluntad.

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La resolución dispuso hacer lugar a la impugnación del nombre Avanza Libertad e intimó a la alianza a cambiar su denominación y adecuar la documentación presentada en un plazo de 12 horas.

La resolución dispuso hacer lugar a la impugnación del nombre Avanza Libertad e intimó a la alianza a cambiar su denominación y adecuar la documentación presentada en un plazo de 12 horas.

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Finalmente, la resolución dispuso hacer lugar a la impugnación del nombre Avanza Libertad e intimó a la alianza a cambiar su denominación y adecuar la documentación presentada en un plazo de 12 horas desde la notificación, bajo apercibimiento de no tenerla por inscripta para las elecciones legislativas nacionales de octubre.

Alianzas inscriptas

Por otro lado, el juzgado confirmó la presentación de las siguientes agrupaciones: La Libertad Avanza, Movimiento Independiente Renovador, Nuevas Ideas, Compromiso Federal, Movimiento al Socialismo, Partido Autonomista, Republicanos Unidos, Partido Fe, Coalición Cívica ARI, Política Obrera e Igualdad y Participación .