menu
search
Policiales

Delincuente abatido: ¿cuándo es legítima defensa y cuando no?

En horas de la mañana de este martes, un delincuente fue abatido cuando intentó ingresar a una vivienda con intenciones de robo. El hecho se consumó en Presbítero Dusso y Espora de Bº San José.

En horas de la mañana de este martes, un delincuente fue abatido cuando intentó ingresar a una vivienda con intenciones de robo. El hecho se consumó en Presbítero Dusso y Espora de Bº San José.

delincuente

Tras el suceso, un joven de 19 años quedó demorado tras dispararle y provocarle la muerte. Ahora bien, una vez más se pone en tela de juicio la legítima defensa. ¿Cuando es defensa y cuando no?

En diálogo con Ahora Vengo, el abogado Néstor Oroño, brindó detalles. “El Código Penal, en el artículo 34 prevé la legítima defensa. También establece dos variantes como legítima defensa privilegiada”. En este sentido sostuvo que “la legítima defensa requiere que se esté ante una agresión ilegítima. Y quien se defiende no debe tener el deber jurídico de soportarlo”. Además, quien se defiende debe utilizar el modo racional para defenderse o repeler la agresión. Asimismo, quien se defiende no haya provocado esa agresión.

Leer más► “Vinieron a acribillarnos”, el crudo relato de la madre del joven que mató a un delincuente

“Quien actúa en legítima defensa no tiene responsabilidad penal”, continuó Oroño.

Más adelante, explicó las situaciones de la legítima defensa privilegiada. “La primera es cuando en horas de la noche, repele algún tipo de escalamiento en su domicilio. Y la segunda hipótesis tiene que ver cuando en el seno de su hogar, encuentre un extraño que ofrezca resistencia para retirarse”. El caso ocurrido este último martes podría tratarse de esto último.

¿Cómo se prueba?

“Se simplifica en este caso el hecho de encontrar un extraño en el seno del hogar. Esto simplificará la defensa”, aseguró Oroño. Lo fundamental es determinar en qué lugar y en qué momento sucedió todo.

Esto podría cambiar en caso que el delincuente haya sido abatido cuando se había retirado de la vivienda. Todo será en el marco del proceso judicial.

Volvé a escuchar la nota con el Dr. Oroño►

Dejá tu comentario