menu
search
Policiales

Caso Gonzalez Montaner: confirman 30 años para ‘Kike’ Leiva

Esta mañana Leiva fue notificado de la decisión del Tribunal. La audiencia de apelación tuvo lugar en el mes de mayo. El fallo ratifica la sentencia de 30 años de prisión para el homicida de Walter González Montaner.

Los jueces que condenaron al hombre que ya estaba detenido en el penal de Coronda, entendieron que el cómputo por las condenas del imputado estuvo realizado de manera correcta.

Leiva fue condenado en 1ra instancia a 17 años de prisión. De esta manera, debió realizarse un cálculo para unificar penas ya que al momento del crimen de Montaner, gozaba de libertad condicional por una tentativa de homicidio.

La cámara de apelaciones agravó la sentencia a 22 años y se unificó en un total de 30 años de prisión, lo cual habilitó a que los dres. Berizzo y Nitti, defensores de Leiva, interpongan un recurso ante la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe que habilitó una nueva instancia de debate.

Sin embargo, este martes, el tribunal ratificó la sentencia.

El fallo de los camaristas

La audiencia de apelación se realizó en el mes de mayo, y esta mañana Leiva fue notificado en tribunales de la decisión del tribunal. De manera unánime, los jueces de la Cámara de Apelaciones dres. Fernando Gentile Bersano, Fabio Mudry y Bruno Netri confirmaron la sentencia que pesa sobre Leiva.

El fallo del tribunal expresa de manera precisa los alcances del decisorio: no le corresponde intervenir sobre la cuestión de la culpabilidad de Leiva, ni sobre la calificación legal, sino sobre el cómputo que dio con la pena unificada de 30 años de prisión.

El decisorio de los camaristas precisa que “el tribunal explica que utiliza el método denominado de franjas de gravedad el cual consiste en seccionar o fraccionar la escala punitiva en tres partes: mínima, media y máxima para permitir un mejor análisis de las circunstancias concretas del caso”. Y que en base a este criterio, la pena que merece Leiva “debe ser individualizada entro del segundo tercio de la escala”.

Este fue el fundamento para revocar el fallo de primera instancia, que ubicaba la pena dentro del primer tercio de gravedad, “cuando en realidad la totalidad de las pautas que esgrime son agravantes”. Y destaca que tanto la fiscalía como la querella “ubicaron su pretensión sancionatoria dentro del segundo tercio de la escala”.

Entre los factores agravantes se enumeran: las condiciones del lugar donde se produjo el disparo (espacio pequeño, cerrado), donde estaban presentes una gran cantidad de personas, que tuvieron su vida en riesgo.

El hecho que Leiva se haya mantenido oculto y prófugo de la justicia configura otro agravante al momento de decidir la pena.

En su voto, luego acogido también por los jueces Netri y Mudry, Gentile Bersano expresa que la defensa de Leiva “no desvirtúa el sistema de determinación escogido por el tribunal”, y que “el tribunal ha aplicado correctamente las circunstancias del caso las reglas de determinación” establecidas en el Código Penal donde se precisan dichos los factores agravantes.

Por último, en lo que respecta a la pena unificada, el fallo de los camaristas determina que “en este caso se intenta lograr el respeto del principio de unidad de reacción penal, ya que un sujeto no puede cumplir simultáneamente o en forma sucesiva dos penas que coexisten temporalmente“.

En relación a las dos condenas de Leiva, los magistrados precisan que cada hecho ha sido juzgado siguiendo la lógica del sistema: una persona comete un delito, es juzgado. Posteriormente vuelve a infringir la ley y recibe una nueva sanción. “El sujeto debe cumplir la totalidad de las condenas” precisa el fallo.

 

El informe de Andrea Viñuela

Dejá tu comentario