Un fallo de la Cámara de Casación Penal de Buenos Aires resolvió, por mayoría, absolver de culpa y cargo a una escribana santafesina que años atrás fue condenada a un año de prisión condicional por certificar la firma de una persona fallecida en una transferencia de una camioneta cuyo trámite tuvo lugar en el Registro de la Propiedad Automotor de Rafaela.
Se trata de Claudia María del Huerto Dechanzi –titular del registro N° 674–, quien en 2022 fue llevada a juicio en el Tribunal Oral Federal de Santa Fe en el marco de una causa que investigó la transferencia de un vehículo entre los cuales se encontraba una persona muerta como parte vendedora.
La escribana en ese entonces fue declarada autora de falsificación ideológica de documento público. Sin embargo, el fallo fue apelado por su abogado defensor, Germán Corazza y recontentamente un tribunal de la Sala II de la Cámara Federal de Casación resolvió, por mayoría, absolver a la letrada santafesina.
La resolución, que lleva la firma de los jueces Ángela Ledesma, Guillermo Yacobucci y Alejandro Slokar (este último votó en disidencia), determinó revocar la condena contra Dechanzi al considerar que la escribana no actuó como funcionaria pública en los términos legislados.
“Entiendo que el notario/a que no actúa cumpliendo órdenes superiores del Estado –tal como surge de la reseña consignada en el voto precedente– no es funcionario público en los términos legislados”, sostuvo la jueza Ledesma al momento de analizar el fallo que dictaron en Santa Fe los jueces Luciano Lauría, José María Escobar Cello y Germán Sutter Schneider -en disidencia-.
“La conducta atribuida a la nombrada deviene atípica”, sostuvo la jueza en otro tramo de la resolución a la que tuvo acceso AIRE y que sienta un precedente en casos similares que dejaron a escribanos bajo la lupa de la Justicia penal.
Denuncia, condena y absolución
La causa por la que Dechanzi fue procesada, condenada y ahora absuelta surgió a partir de un documento que fue presentado el 3 de octubre del 2011 en la sede del Registro de la Propiedad Automotor N° 5 de Rafaela y el cual tenía por objetivo transferir la titularidad de una pick-up Chevrolet D-20 De Luxe modelo 1995, cuyo dominio correspondía al AEC015.
Sin embargo, en medio del trámite, los operadores del registro advirtieron que uno de los vendedores había muerto con anterioridad a la firma del formulario 08, por lo que la irregularidad fue puesta en conocimiento de la Justicia mediante una denuncia radicada por la entonces titular del ente, María Alejandra Abdullatif.
La denuncia tuvo curso en el Juzgado Federal N°1 de Santa Fe y se abrió un expediente por el que fueron llamados a indagatoria la doctora Dechanzi y las personas que iniciaron el trámite para realizar la transferencia.
La escribana fue procesada el 16 de octubre del 2014 y su causa fue elevada a juicio dos años después, el 4 de marzo del 2016, al Tribunal Oral Federal, en donde justamente tardaron seis años para realizar el juicio y analizar los hechos denunciados en abril del 2022.
Como resultado del debate, los jueces Lauría, Escobar Cello y Sutter Schneider resolvieron condenar a Dechanzi e imponerle una pena de un año de prisión en suspenso al declararla autora de "falsificación ideológica de documento público" e inhabilitarle la matricula por el doble de tiempo.
Apelado el trámite, la defensa apeló y solicitó la revisión del fallo ante la Cámara Casación Penal, en donde, dos años después, la Sala II dio vuelta la resolución judicial y revocó la condena de la escribana.
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