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Mauricio Macri |

¿Qué pasará si se aprueba o si se rechaza?

A pocas horas que comience el debate y votación por la Ley de Despenalización del aborto en el Senado de la Nación Argentina y el escenario es incierto  como ocurrió en la Cámara de Diputados el pasado mes de junio, donde las posturas cambian a último momento.

Muchos de los funcionarios tiene su decisión tomada sobre el apoyo o rechazo de esta ley, como la senadora kirchnerista Silvia García Larraburu (FPV- Río Negro) que cambio del apoyo al rechazo de la misma, entre otras figuras políticas.

Solo resta esperar que pueda suceder en el recinto de los senadores pero para ellos debemos también analizar los posibles escenarios de lo que conlleva la aprobación o rechazo de la Despenalización del Aborto.

Existen tres posibles escenarios en cuestión a esta Ley y lo que se defina mañana:

El Senado rechaza la ley.

Se tomará lo que dice el artículo 81 de la Constitución Nacional que si el proyecto es rechazado por alguna de las cámaras, en este caso la Senadores, queda fuera de agenda y no puede volver a tratarse dentro del período legislativo en curso.

Es decir, si mañana en la votación del Ley resulta negativa, el proyecto de legalización del aborto quedará pendiente para el próximo año.

El senado aprueba la ley.

Se convierte en ley pero debe ser reglamentado por el Poder Ejecutivo, además de la la adhesión en la constitución de cada provincia.

En ese caso, existe el instrumento del veto por parte del Presidente de rechazar total o parcialmente la aprobación de esta ley. Cuestión que están en la mira, ya que Mauricio Macri y parte de su alineación en Cambiemos dieron a conocer su opinión en contra de este proyecto.

Modificaciones por parte del Senado.

El proyecto de ley fue aprobada allá por junio de este año por la Cámara de Diputados, pero puede ser aprobado con correcciones o modificaciones por el Senado.

Estas modificaciones sobre la ley deberá volver a la cámara de origen donde se vuele a debatir y votar.

En este caso, si Cámara baja acepta las modificaciones por mayoría, se sanciona  el texto aprobado por la cámara revisora o, con la mayoría especial insistir con la redacción original se deberá buscar la misma mayoría o una superior que la de la Cámara revisora para que se sancione la ley con el texto original.

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