Redacción Aire Digital
Un fallo judicial resuelto por el juez penal Nicolás Falkenberg ordenó que un hombre de 34 años, imputado de haber ingresado armado a una vivienda mientras huía de la Policía en Santa Rosa de Lima, evite el juicio y firme una probation tras considerar que el sujeto actuó “sin fines ilícitos”. El caso generó un cierto malestar en el fiscal del caso, Omar De Pedro, quien ya anticipó que recurrirá a la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe para revertir la resolución.
El dictamen en cuestión se dio en el marco de una audiencia que tuvo lugar en los tribunales de Santa Fe y que pretendió acordar qué pruebas iban a ser utilizadas por las partes ante el futuro juicio oral y público que tiene acusado a Damián Andrérs L.. Sin embargo, el caso no llegará a la instancia de debate luego de que el juez de primera instancia hizo lugar al planteo de la defensa del imputado, Mario Guedes, que pidió que el conflicto penal sea resuelto por medio del acuerdo de una “suspensión de juicio a prueba” o conocido también como “probation”. Dicha medida estableció que el acusado debe realizar durante el plazo de dos años distintas tareas comunitarias de albañilería y pintura en la escuela N° 507 “Juan Pablo Mendoza”, ubicada en la zona sur de barrio San Lorenzo y así esquivar la instancia de juicio.
El caso, cuya pena va de los tres años y seis meses a ocho años y seis meses de prisión, ocurrió el 16 de diciembre del 2017, cerca de las 21.30 en Estrada y su intersección con calle Moreno. Aquella noche, según la imputación, Damián Andrérs L., fue detenido en un procedimiento policial con un revolver calibre 38 -sin la autorización legal- con cachas plásticas de color negras, envueltas con cinta de papel de color blanco y con un tambor giratorio con capacidad de seis alvéolos. Dicho armamento tenía en su interior un total de tres cartuchos intactos calibre 9 milímetros, como así también cartucho del mismo calibre detonado, con numeración en la parte del soporte del tambor, con la inscripción en el caño Colt.
Para el juez Falkenberg, existen elementos que aportó el abogado del acusado y que le permitieron establecer que el arma que portaba el imputado no era llevada con fines ilícitos. “Basta advertir que se trata de un episodio aislado en la vida del imputado, que es una persona de 34 años, carente de antecedentes condenatorios”, sostuvo el magistrado penal.
La resolución del magistrado también hizo hincapié en lo que sostuvo el defensor Guedes, que durante la audiencia indicó que su defendido estaba armado en 2017 ya que reside en una zona conflictiva de la ciudad de Santa Fe. “No resulta irrazonable suponer que una persona decida armarse para protegerse de eventuales agresiones, considerando la multiplicidad de hechos violentos que han llegado a estos estrados procedentes de esa zona”, sostuvo el juez. “Utilizar un arma de fuego en defensa propia no constituye una conducta anti jurídica ya que en tal caso se justificaría el accionar típico, respecto a la agresión con ese elemento”, agregó Falkenberg.
Finalmente y en torno a los fines ilícitos que pudo haber tenido el imputado cuando ingresó a una casa tras advertir la presencia policial el día del procedimiento, el juez opinó que tal circunstancia “no otorga una finalidad delictiva”. “En su caso denota la actitud de evadir la aprehensión para lo cual basta ponderar que no se indicó que haya ejecutado varios actos violentos contra los ocupantes”, concluyó el juez.
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