Para mejorar sus chances electorales, el Gobierno aprobó medidas transitorias, por única vez, que vencieron o están venciendo en estos días que provocan que los ingresos de los trabajadores y beneficiarios sociales sean más bajos, incluso en términos nominales con relación a agosto o septiembre, según los casos. Como la inflación no es “por única vez” sino que es una realidad de todos los días, los ingresos reales de esos trabajadores y beneficiarios sociales terminan por caer mucho más que antes por la suba de los precios.
También los congelamientos de precios y tarifas comenzaron a liberarse, agravando las condiciones de vida de las personas y familias. Y con el dólar se aplicó inicialmente un cepo “light” que permitía comprar hasta 10.000 dólares por mes por persona (para congraciarse con la clase media y alta, fundamentalmente) y apenas concluidas las elecciones generales, se pasó a cepo “duro” de sólo 200 dólares mensuales por persona, revirtiendo así el proceso de salida de capitales o dolarización de la economía.
Por ejemplo, en agosto y septiembre, hubo una reducción de $ 2.000 sobre el aporte personal de los trabajadores como remuneraciones brutas inferiores a los 60.000. Los monotributistas tuvieron una eximición del pago del componente impositivo. Los beneficiarios de la AUH tuvieron un pago extra de $ 1.000 durante 2 meses. Hubo bonos para estatales y trabajadores privados también de duración limitada. En función de las horas de trabajo, hubo un plus en 2 cuotas para el personal doméstico. En todos esos casos, en diciembre, toda esa gente tiene un ingreso nominal inferior al de meses atrás, con una mayor inflación.
El aumento del 20% del mínimo no imponible de Ganancias durante 2019 para los empleados en relación de dependencia no se mantiene durante 2020. En consecuencia, a partir del 1° de enero, el mínimo no imponible sube el 44,27% según la variación anual del RIPTE (índice de salarios formales) a octubre, según marca la ley tributaria. Pero ese ajuste se aplica sobre el mínimo no imponible de 2019, sin el 20% que se efectivizó tras las PASO con el objetivo de mejorar las chances electorales del oficialismo en las elecciones generales. Así, en la práctica, respecto de 2019 el mínimo no imponible no aumenta el 44,27% sino el 20,2% y eso determina que se vuelva a la situación anterior y a un mayor peso de Ganancias con relación al ingreso de los trabajadores.
Si no hay cambios antes de fin de año, y aunque por la mayor inflación tuvieron una caída en el salario real, parte de los trabajadores en relación de dependencia que en 2019 no pagaron Ganancias, el año próximo tributarán el impuesto. Y los que estuvieron alcanzados por ese impuesto pagarán mucho más.
Por lo tanto, con relación al pago efectivo de 2019, los trabajadores que quedaron eximidos del impuesto -y siempre teniendo en cuenta que los salarios suban en términos nominales más de un 20,2%-, volverán a tributar y habrá un fuerte incremento del peso de ese impuesto con relación al de este año para los 2 millones de asalariados y jubilados con otros ingresos que quedaron alcanzados por Ganancias.
En 2019 el mínimo no imponible de Ganancias se ajustó el 28,45% y luego se le adicionó un 20%: en total un 54,1%. Ahora, en 2020 el 44,27% no se aplica sobre el valor ajustado por el 54,1% sino sobre el del 28,45%, lo que equivale al mencionado 20,2%
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