En el marco legal de la República Argentina, el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) emerge como una herramienta legislativa de gran importancia.
Este mecanismo, establecido en el artículo 99 de la Constitución Nacional, otorga al Presidente de la Nación la capacidad de promulgar normas con la validez de una ley, aunque sean emitidas exclusivamente por el Poder Ejecutivo.
Cuándo entra en vigencia un DNU
Según la Constitución, una vez que se dio emitido el DNU, se entra en un proceso de revisión por parte del Congreso Nacional. Esta entidad tiene la facultad de evaluar el decreto y decidir su continuidad o derogación.
El Jefe de Gabinete de Ministros debe, personalmente y dentro de los 10 días, someter el DNU a consideración de la Comisión Bicameral Permanente.
Esta comisión, cuya composición refleja la proporción de representaciones políticas de cada Cámara, emite un dictamen sobre el DNU. Posteriormente, el decreto debe ser tratado por el pleno de ambas cámaras del Congreso. Durante este período de revisión, el DNU mantiene su vigencia, operando como una ley efectiva.
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