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Narcoescándalo de Córdoba: la Corte Suprema de Justicia desestimó planteos en distintas causas por drogas

La Corte Suprema dejó firme las condenas por “narcoescándalo” de la Policía de Córdoba. Además, rechazó recursos en otras causas por narcotráfico.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme las condenas dictadas en la llamada causa del “narcoescándalo” de la Policía de Córdoba, en donde se investigó a un grupo de efectivos que, usando a agentes de identidad reservada, extorsionaban a delincuentes o sus familiares y se quedaban con estupefacientes en el marco de causas armadas. Además, rechazó recursos en otras causas por narcotráfico.

Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal desestimó por inadmisibles los planteos de un grupo de ex policías, acusados en una causa de altísima repercusión en la provincia de Córdoba: allí se investigó cómo un grupo de policías de la Dirección de Lucha contra el Narcotráfico local había utilizado sus cargos para generar sumarios policiales basados en información falsa, valiéndose principalmente de la tarea de un informantes, agentes de identidad reservada o incluso agentes provocadores. Con los datos allí obtenidos, los implicados habrían extorsionado a delincuentes o sus familiares y les habrían quitado estupefacientes y elementos de valor.

El caso estalló en 2013 cuando Juan “el Francés” Viarnes, un “agente encubierto” ilegal, reveló estas maniobras. La causa llegó a juicio y en 2016 un tribunal oral absolvió a los policías Rafael Sosa, Gustavo Julio “Huevo” González (hoy, Lourdes Milagros González), Alfredo Damián Seine, Fabián Peralta Dáttoli y Franco Sebastián Argüello por el delito de asociación ilícita y los condenó por violación de los deberes de funcionario público –y en el caso de Argüello también por extorsión).

corte suprema

Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, integrantes de la Corte Suprema de Justicia.

El Ministerio Público Fiscal apeló las absoluciones y la Sala III de Casación Penal condenó en 2019 a todos por asociación ilícita y confirmó los otros delitos. Allí entonces los ex policías apelaron y otra sala de Casación confirmó en 2025 las condenas por entender que existió una banda ilegal: se determinó entonces que Sosa (líder de Lucha contra el Narcotráfico) fue jefe del grupo mientras que formaron parte González (responsable de Inteligencia), Seine (jefe de Investigaciones), Peralta Dáttoli (sargento) y Argüello (oficial inspector). Sosa fue condenado a 9 años, Argüello a 8 años y Seine y Dáttoli a la pena de 3 años y medio respectivamente. A González se le redujo la condena de cuatro años a tres en suspenso.

La mayoría de los implicados presentó recursos extraordinarios en queja contra esa decisión, que hoy la Corte Suprema consideró inadmisibles en base al artículo 280 del Código Procesal en lo Civil y Comercial de la Nación.

La banda de Cinco Saltos

En tanto, la Corte Suprema rechazó las quejas presentadas por integrantes de la banda narco de Cinco Saltos, que operó vendiendo estupefacientes en la ciudad rionegrina de Cipolletti y que fue desactivada en 2021 tras una serie de allanamientos en donde se detuvo a cuatro hombres y una mujer y se secuestró casi medio kilo de cocaína y más de un centenar de dosis de LSD.

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El máximo tribunal rechazó recursos contra la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de General Roca con penas de hasta cinco años de prisión para los implicados.

Control en Salta

En otro expediente, la Corte Suprema también rechazó el planteo de la defensa de Edgar Ezequiel Flores quien cuestionaba la condena impuesta por el Tribunal Federal de Juicio N° 1 de Salta de seis años de prisión por el delito de transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas.

El 9 de agosto de 2025, en el kilómetro 28 de la Ruta 50, en un control de la División Investigaciones Complejas contra la Narcocriminalidad Orán de la Policía de Salta, personal policial detuvo un vehículo Ford Ecosport en el que viajaban tres personas.

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Cuando le solicitaron a uno de los pasajeros que exhibiera el contenido de la mochila que portaba, se advirtió la presencia de tres paquetes rectangulares que resultaron contener tres kilos de cocaína. El máximo tribunal entendió que no le correspondía intervenir por “falta de sentencia definitiva” en el expediente.

Operativo en Rosario

Por otra parte, Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti también rechazaron la presentación de la defensa de Alexis Nicolás Abregú contra la condena a seis años y cuatro meses de prisión dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3 de Rosario al considerarlo coautor del delito de tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercio, agravado por la intervención de tres o más personas.

El tribunal tuvo por probado que el nombrado integró una organización dedicada a la fabricación, distribución, fraccionamiento y tráfico ilícito de estupefacientes en distintos sectores de la ciudad de Rosario, que funcionó al menos desde marzo de 2014.

Lo buscaban por un homicidio y lo encontraron vendiendo drogas

Por incumplimientos formales de la presentación de recursos, la Corte Suprema también rechazó la presentación y dejó firme una condena a cinco años y cuatro de Jesús Eduardo Decundo dictada por un tribunal de Mar del Plata.

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Con un amplio prontuario, Decundo había sido atrapado en marzo de 2021 en una vivienda del barrio Bosque Alegre, durante un allanamiento de la Policía Federal en el que se secuestró cocaína y varias armas.

Pese a informes desfavorables, se le otorgó la prisión domiciliaria. En 2023 quedó implicado en el homicidio de Luis Horacio Patrone, asesinado de cuatro tiros en una playa de estacionamiento de unos monoblocs en los que vivía el acusado. Al requisar el departamento, también se encontraron drogas.

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