Fraude a empleados del Hospital Iturraspe: una nueva resolución confirma el juicio abreviado por estafas
PRIMERO EN AIRE | El recurso de "apelación horizontal" mantuvo lo resuelto en primera instancia: la condena en suspenso por el delito de estafas. Un camarista había sostenido que se trataba del delito de peculado.
Carnaghi y Milessi fueron condenados por estafa a través de un juicio abreviado que fue revisado dos veces por la Cámara de Apelaciones
Maiquel Torcatt / Aire Digital
El juez de la Cámara de Apelaciones de Santa Fe, Fabio Mudry, confirmó la condena por estafa impuesta a través de un juicio abreviado a dos exfuncionarios delHospital Iturraspe, por quedarse con parte del sueldo de sus compañeros de trabajo.
La resolución de Mudry, dada a conocer este lunes, fue motivada tras una presentación de la defensora Mariana Oroño, en representación de los condenados Jorge Carnaghi y Belén Milessi, luego de que el camarista Jorge Andrés revocara la sentencia por considerar que la causa no había sido una estafa, sino que habían incurrido en el delito de "peculado", por tratarse de funcionarios que manejaban dinero público.
El planteo de la defensa contó con el aval del fiscal Carlos Arietti, que en representación del Ministerio Público de la Acusación dijo que el juez Andrés expresó en su fallo un “opinión” que es “debatible”.
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Fabio Mudry revocó el fallo de su par de la Cámara y sostuvo el acuerdo del juicio abreviado
Maiquel Torcatt / Aire Digital
Abreviado por estafas
La reciente resolución deja sin efecto el fallo de Andrés, y confirma la condena a tres años de prisión condicional para el exencargado de la liquidación de sueldos, Jorge Carnaghi (51) y un año para su esposa María Belén Milessi (43).
Carnaghi fue condenado como autor del delito de estafas y de administración y explotación de juegos de azar sin autorización, y Milessi como partícipe secundaria del delito de estafas. Además, el matrimonio deberá pagar en concepto de reparación económica a los damnificados (los empleados del hospital), 42 millones de pesos: Carnaghi abonará 41 millones, y Milessi 1.200.000.
Los alcances del juicio abreviado habían sido cuestionados por los abogados querellantes, y así llegó en noviembre la primera audiencia en la Cámara de Apelaciones, que puso en duda la calificación legal.
Ahora, con la reciente resolución, se da marcha atrás hasta lo resuelto en primera instancia a través del acuerdo abreviado. El camarista analizó la naturaleza de los fondos sustraídos del Hospital Iturraspe, determinando que, al ser parte de los salarios de los empleados, no poseen carácter público, como había analizado el camarista anterior.
El reciente fallo considera que los fondos del denominado "Fondo del 30%" tenían carácter privado, y no público, basándose principalmente en su destino y en la definición legal de salario. Los fondos correspondientes a ese 30% del recupero de gastos (pagos de obras sociales y prepagas por servicios del hospital) debían liquidarse y distribuirse mensualmente de manera equitativa entre todo el personal. Al impactar directamente en el recibo de sueldo de cada trabajador, se determinó que eran parte integrante del salario.
La resolución cita el convenio de la Organización Internacional del Trabajo, que define el salario como la remuneración o ganancia debida por un empleador a un trabajador en virtud de un contrato de trabajo; el fallo cita variada jurisprudencia de la Corte Suprema (CSJN), que determinan toda ventaja patrimonial que incremente el salario o evite su disminución tiene carácter remuneratorio.
El fallo precisa que aunque los fondos fueran custodiados y liquidados por empleados públicos, el dinero pertenecía, al menos en expectativa, a los trabajadores del hospital. Por lo tanto, el patrimonio afectado no era el del Estado, sino el patrimonio individual de los empleados, por lo que no puede prosperar el delito de peculado que había propuesto el camarista anterior.