La reforma laboral y su característica central: el retroceso de los derechos de los trabajadores
El Gobierno nacional promulgó este viernes la llamada “Modernización Laboral”. Las modificaciones que introduce en el régimen laboral representan varios pasos atrás de los derechos de los trabajadores.
El viernes 6 de marzo, el Gobierno nacional promulgó la Ley N° 27.802 llamada "Ley de Modernización Laboral ” que introduce numerosas modificaciones en el régimen laboral cuya característica central es que representa un retroceso en los derechos laborales de los trabajadores.
Sin embargo, aún debe ser reglamentada, lo que abre la posibilidad de que se avance más allá del texto legal. Además, el Gobierno pretende insistir con otra reforma que tiene que ver con lo relativo a las “licencias médicas”.
Los son los principales cambios de la ley
Indemnizaciones por despido
Se redefine la base de cálculo como la mejor remuneración mensual normal y habitual, excluyendo aguinaldo, premios o adicionales extraordinarios. Sin embargo, se excluyen del cálculo los bonos, aguinaldos y propinas, lo que resultará en indemnizaciones potencialmente menores para el trabajador al momento del despido.
Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
Crea un fondo inembargable financiado por aportes patronales (1% en grandes empresas, 2,5% en mipymes), supervisado por la CNV, para respaldar pagos de indemnizaciones, que se restan de los actuales aportes al ANSES. Pago de sentencias judiciales. Permite pagos en cuotas de hasta 6 meses para grandes empresas y 12 para pymes. En relación a la FAL, el abogado Luis Ramirez dice que tiene” dos objetivos, uno declarado y otro oculto”.
desempleo trabajo.jpg
Se crea un fondo inembargable financiado por aportes patronales para respaldar pagos de indemnizaciones.
Se supone que el FAL tiene por finalidad facilitar los despidos y el pago de las indemnizaciones laborales, financiándolas con recursos del Sistema Previsional (arts. 58 y 76). Pero con un aporte patronal que, en promedio, rondará el 2% de toda la masa salarial de los trabajadores registrados en el país. Así el verdadero objetivo del gobierno es crear un fondo que sirva para financiar al Tesoro, mediante la compra de títulos de la deuda soberana.
A grosso modo podemos calcular que recaudará unos 5.000 millones de dólares (U$ 5.000.000.000) anuales, y que durante bastante tiempo no tendrá erogaciones significativas. Estos fondos, que se sustraen del sistema previsional, acentuará la crisis del régimen jubilatorio por lo que el Gobierno tiene en carpeta una reforma previsional muy dura, que entre otros puntos, contempla la elevación gradual de la edad jubilatoria, la derogación del régimen de docentes y recortes en la pensión por viudez, entre otros puntos.
Banco de horas extras
Permite acumular horas trabajadas en exceso para compensarlas con tiempo libre o pago posterior, mediante acuerdos voluntarios entre empleadores y trabajadores. Esto busca flexibilizar la jornada laboral, respetando descansos mínimos de 12 horas entre jornadas y un tope semanal de 48 horas, con control fiscalizable por autoridades laborales. Las horas que no se compensen deben pagarse con un recargo del 50% o 100% según el día (feriado o no).
Régimen de vacaciones
Las vacaciones pueden dividirse en tramos no inferiores a 7 días corridos, por acuerdo entre empleador y empleado (individual o colectivo). Pueden tomarse fuera del período octubre-abril si hay acuerdo mutuo, priorizando necesidades operativas sin perjuicio de respetar derechos mínimos. Al menos una vez cada tres años, cada trabajador debe gozar de vacaciones en temporada de verano (diciembre-febrero).
Otros cambios
Delimita qué relaciones quedan dentro y fuera del régimen laboral. Se excluyen expresamente ciertos vínculos —como los prestadores de plataformas y determinados trabajadores independientes— y se ajusta la presunción de relación laboral cuando existe facturación formal y pagos bancarizados.