Salarios de la Gendarmería Nacional según jerarquías (Enero 2025)
Salarios básicos (sin adicionales):
-
Comandante General: $2.185.953,24
-
Comandante Mayor: $1.989.971,23
-
Comandante Principal: $1.786.451,45
-
Comandante: $1.469.865,11
-
Segundo Comandante: $1.206.043,17
-
Primer Alférez: $1.017.598,93
-
Alférez: $903.970,09
-
Subalférez: $821.791,00
-
Suboficial Mayor: $1.271.648,08
-
Suboficial Principal: $1.150.812,81
-
Sargento Ayudante: $1.046.193,47
-
Sargento Primero: $951.084,95
-
Sargento: $864.622,68
-
Cabo Primero: $786.020,64
-
Cabo: $714.564,17
-
Gendarme: $649.603,81
-
Gendarme II: $590.548,91
Salarios con funciones de prevención barrial (Enero 2025):
El personal que cumple tareas de prevención barrial percibe montos adicionales que complementan los haberes básicos:
-
Comandante General: $912.265,41
-
Comandante Mayor: $793.275,92
-
Comandante Principal: $680.923,38
-
Comandante: $587.004,62
-
Segundo Comandante: $501.710,71
-
Primer Alférez: $436.269,69
-
Alférez: $400.248,10
-
Subalférez: $370.597,94
-
Suboficial Mayor: $537.352,14
-
Suboficial Principal: $502.198,26
-
Sargento Ayudante: $469.345,71
-
Sargento Primero: $434.579,25
-
Sargento: $391.514,41
-
Cabo Primero: $340.445,73
-
Cabo: $318.174,02
-
Gendarme: $297.359,12
-
Gendarme II: $284.920,97
Requisitos de ingreso a la Gendarmería Nacional
Para quienes estén interesados en unirse a esta fuerza de seguridad, los requisitos de ingreso son los siguientes:
-
Nacionalidad: Ser argentino, nativo o por opción.
-
Edad: Tener entre 17 y 25 años al 31 de diciembre del año en curso (los menores deben estar acompañados por sus padres o tutores con documentación correspondiente).
-
Altura:
- Mujeres: entre 1,60 y 1,85 m.
- Hombres: entre 1,66 y 1,95 m.
-
Documentación: Poseer el DNI actualizado.
LEER MÁS ► Salarios de estatales o privados, ¿quién logró mejores aumentos en 2024?
Sobre los tatuajes:
-
Permitidos:
- Aquellos no ofensivos u obscenos.
- Que puedan ser cubiertos con el uniforme reglamentario.
- Localizados a más de 5 cm del pliegue del codo o la rodilla y cubiertos por la palma de la mano.
-
Prohibidos:
- Tatuajes visibles en rostro, cuello o cráneo.
- Aquellos que impliquen discriminación, obscenidades u ofensas.
- Tatuajes que no puedan ser cubiertos por la palma de la mano.