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Cambió el sistema de taxis, remises y apps en Santa Fe: qué deben saber usuarios y choferes

Rige en Santa Fe un nuevo marco normativo que desregula el sistema de taxis, remises y aplicaciones. Las nuevas condiciones que se deben cumplir.

Como informó AIRE, desde comienzos de enero rige en la ciudad de Santa Fe un nuevo marco normativo que modifica el funcionamiento del transporte de pasajeros, tanto para taxis y remises como para las aplicaciones de viajes.

Se trata de la modificación a la Ordenanza Nº 12.991, aprobados por el Concejo de Santa Fe, en diciembre del año pasado. La nueva regulación avanza hacia un sistema abierto y desregulado, que amplía el acceso a las licencias y permite el traspaso entre los distintos subsistemas. El objetivo es unificar criterios, actualizar reglas y poner en igualdad de condiciones a taxis, remises y plataformas digitales.

Un sistema más flexible y con libre traspaso

Con la normativa ya en vigencia, cualquier persona que cuente con carnet profesional de conducir categoría D1 y un vehículo habilitado por la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) puede solicitar una licencia para operar como taxi o remise.

Además, se habilitó el libre traspaso entre sistemas: los titulares de licencias de remises pueden solicitar la de taxi y viceversa. A esto se suma que quienes ya se encuentren habilitados como choferes de aplicaciones de viajes también podrán gestionar licencias dentro de los otros subsistemas de transporte urbano.

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Dónde deben inscribirse choferes y vehículos

Los titulares o personas autorizadas de vehículos que deseen operar mediante aplicaciones de viajes deberán inscribirse en el registro creado por la autoridad de aplicación municipal.

El trámite puede realizarse de manera virtual, a través del sitio oficial de la Municipalidad de Santa Fe, ingresando a la oficina virtual.

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También se estableció que los conductores solo podrán prestar el servicio cuando el viaje haya sido solicitado y aceptado a través de la plataforma, quedando expresamente prohibida la toma de pasajeros en la vía pública.

Los nuevos requisitos para los vehículos

La normativa fijó una serie de condiciones mínimas obligatorias para los automóviles que operen como taxis, remises o mediante aplicaciones:

  • Antigüedad máxima de 9 años, o hasta 12 años en el caso de vehículos híbridos o eléctricos.

  • Carnet de conducir profesional categoría D1, emitido por la Municipalidad de Santa Fe.

  • Libre multa personal.

  • Vehículos de cuatro puertas, con capacidad mínima para tres pasajeros.

  • Revisión Técnica Obligatoria (RTO) vigente.

  • Vehículo radicado en la ciudad de Santa Fe y con patente al día.

  • Seguro obligatorio con cobertura para terceros transportados, hasta el límite legal vigente.

En este marco, quedó prohibido el transporte comercial, habitual y oneroso de personas mediante motovehículos, sin importar la forma en que se haya concertado el viaje.

Endurecimiento del régimen de infracciones

Por último, también se introdujo modificaciones en la Ordenanza Nº 7.882, vinculadas al régimen sancionatorio. Las multas para quienes realicen transporte de pasajeros a través de plataformas sin estar debidamente registrados se actualizaron y ahora oscilan entre 2.000 y 9.000 Unidades Fijas (UF).

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"Vamos a salir decididamente a hacer controles para que cada conductor tenga carnet profesional". Y sumó: "No queremos que el ciudadano viaje con un chofer que no sabemos si está apto para transportar personas", señaló el intendente, Juan Pablo Poletti en una entrevista con AIRE.

Con estas medidas, el municipio busca ordenar el sistema, garantizar condiciones de seguridad y establecer reglas claras para todos los actores que prestan el servicio de transporte de pasajeros en la ciudad.

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