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Reforma laboral: 26 Colegios de Abogados van a la Justicia para frenar dos artículos

El planteo judicial para frenar dos artículos de la Reforma Laboral tiene el respaldo de colegios profesionales de la Abogacía de distintos puntos del país.

Desde distintos puntos del país, 26 Colegios de Abogados presentaron una acción cautelar contra el Estado nacional, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 20 y 277 de la Reforma Laboral recientemente promulgada.

La presentación se realizó ante un Juzgado Contencioso Administrativo Federal en la Ciudad de Buenos Aires y, de prosperar, podría suspender la aplicación de esas disposiciones hasta que se resuelva el fondo del planteo.

El vicepresidente del Colegio de Abogados de Santa Fe, Andrés Abramovich, explicó los alcances del planteo judicial: "El artículo 20 habilita que la condena en costas (los gastos del proceso), deberán ser pagados en el abogado en el supuesto de que el juez considere que existió una sobreestimación en la compensación en el reclamo laboral".

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La Reforma Laboral impacta de diversas maneras en los ámbitos judiciales.

A modo de ejemplo, si a partir del testimonio del cliente y luego de realizar los cálculos matemáticos se relaman 10 millones de pesos, pero el juez interviniente considera que es un monto exagerado, el abogado deberá hacerse cargo de las costas del proceso.

"El abogado siempre depende de la situación que su cliente le relata. Además, en todo cálculo matemáticos puede haber errores por los más diversos motivos. De alguna manera, esta ley busca disciplinar la actividad profesional y evitar que los trabajadores reclamen", insistió.

Abramovich remarcó que "una cosa es que un abogado reclame a partir de una ley que no es aplicable, incurriendo en mala praxis profesional. Pero cuando se habla de meros cálculos matemáticos o de explicaciones que el profesional recibe indefectiblemente de su cliente, no se puede aceptar que el abogado sea sancionado económicamente. Están tansformando al abogado en una parte más del proceso, cuando simplemente es un tercero que asesora".

Los honorarios de los abogados pueden pagarse hasta en 12 cuotas

El otro artículo rechazado por los colegios profesionales es el 277 de la Ley de Contrato de Trabajo, que habilita al juez a disponer el pago de honorarios a los abogados hasta en 12 cuotas, cuando se trata de una micro o mediana empresa; y hasta en 6 cuotas si es una empresa de mayor envergadura.

"Esto significa dilatar el pago a los profesionales por el trabajo realizado. Al responsable de las empresas, le termina siendo más redituable no cumplir con las leyes, ya que si la Justicia lo encuentra responsable puede pagar en cuota lo que le corresponde a los abogados por sus servicios", resaltó Abramovich.

"Esta situación -insistió- solo se da en el fuero Laboral, pero no existe en el resto de los fueros, lo cual resulta abiertamente discriminatorio. Conspira contra el derecho de propiedad, contra la percepción íntegra de un crédito y violenta el principio de igualdad", sostuvo.

Por el momento, y mientras que la Justicia no disponga lo contrario, la ley se aplica en todo el país. Cualquiera sea la decisión judicial, las partes -ya sea el Estado, o los Colegios de Abogados- podrán apelar la resolusión.

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