Cómo deducir el pago del alquiler del impuesto a las Ganancias
A través del Siradig (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias) los contribuyentes podrán ver los nuevos parámetros del gravamen que surgieron de la última reforma aprobada por el Congreso. Entre ellos, la posibilidad de deducir alquileres por hasta $ 51.967 al año.
Según informó ayer el titular de la AFIP Alberto Abad, el sistema estará habilitado entre el 1° y el 31 de marzo de este año. Allí los contribuyentes que alquilen una “vivienda única” y no sean titulares de inmuebles deberán enviar una copia del contrato en formato PDF, cualquiera sea su fecha de origen.
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“Hay que pedir factura de todo”, enfatizó el titular de la AFIP y puso por ejemplo que, quienes quieran deducir el importe del alquiler de su liquidación de ganancias, tendrán que presentar el contrato y el recibo de pago todos los meses.
Si bien es cierto que muchas veces los propietarios no entregan recibos por el alquiler (no en vano es importante el blanqueo de propiedades que se está verificando) también no menos cierto que el reclamo no era una prioridad del inquilino.
Además, en forma mensual, deberán presentar al organismo a través de internet los datos de la factura emitida por el dueño del inmueble o una inmobiliaria.
Habrá que tener un contrato con todas las formalidades y llevará a que mucha gente pida recibos; será un control cruzado.
En el ejemplo que dio la AFIP, de un alquiler mensual de $ 6.000 se podrá deducir hasta $ 2.400 por mes, siendo el ahorro anual del impuesto de hasta $ 10.080.
En tanto, para el caso de un alquiler mensual de $ 15.000, se podrá deducir por mes $ 4.330 “topeado” por ganancia mínima no imponible, y el ahorro anual será de hasta $ 18.186.
Si bien el sistema para ingresar los datos a la AFIP estará operativo a partir de marzo, la AFIP precisó que el beneficio impositivo será retroactivo al 1° de enero.
La expectativa oficial es que con la posibilidad de deducir se produzcan más normalizaciones de los contratos de alquiler. Cabe señalar que una de las demandas más insistentes de quienes tributaban ganancias era poder deducir el importe del alquiler. Finalmente con la aprobación de la nueva Ley de Ganancias este beneficio está incorporado.
Fuente: Cronista Comercial
