ANSES | La buena noticia para los jubilados

Se oficializó la reglamentación de la moratoria previsional que permitirá que cerca de 800.000 personas en todo el país que no llegan a los 30 años de aportes, puedan jubilarse a través de un plan de pagos.

La ley establece que las personas en edad jubilatoria, pero sin los aportes exigidos podrán regularizar períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive.

El Agencia Nacional de Seguridad Social (ANSES) terminó de reglamentar y poner a punto la nueva Ley 27.705 de Moratoria Previsional, que el Congreso aprobó en febrero y el Gobierno promulgó el 14 de marzo pasado.

Con el DNU 173/2023, publicado este viernes en el Boletín Oficial, quedó reglamentada y operativa la nueva norma, que tiene como objetivo brindar la posibilidad a los argentinos que estén próximos a cumplir la edad mínima para jubilarse y no cuenten con los 30 años de aportes necesarios, puedan acceder a un plan de pagos para regularizar esa situación.

La ley permitirá que las personas que ya cuentan con edad jubilatoria, puedan regularizar aportes adeudados, para no caer en la Pensión Universal para el Adulto Mayor (Puam).

Asimismo, habilita a quienes se encuentran a 10 años o menos de cumplir la edad jubilatoria y no cuentan con los 30 años de aportes necesarios, prever y cancelar anticipadamente la deuda previsional.

ANSES | cómo jubilarse sin aportes: moratoria y requisitos

La ley permitirá que las personas que ya cuentan con edad jubilatoria, puedan regularizar aportes adeudados, para no caer en la Pensión Universal para el Adulto Mayor (Puam).

Establece que las personas en edad jubilatoria, pero sin los aportes exigidos podrán regularizar períodos faltantes hasta el mes de diciembre de 2008 inclusive, con una modalidad de pago en cuotas que serán descontadas de manera directa del haber jubilatorio que se obtenga a través del programa.

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Asimismo, contempla la posibilidad de que las personas en edad pre-jubilatoria (mujeres de 50 a 59 años y varones de 55 a 64 años) que saben que no llegarán con los años de aportes necesarios, puedan anticiparse y comenzar a pagar ellos mismos los períodos faltantes.

La nota original fue escrita por el periodista especializado Facundo González.