Atención ahorristas: la buena noticia de AFIP para inversores en plazo fijo

Desde mayo, la AFIP modificó la cifra mínima por la que los bancos están obligados a informar automáticamente los movimientos de cuentas de sus clientes, gastos con tarjetas, extracciones y depósitos a plazo fijo. ¿Cuáles son los nuevos pisos?
La AFIP vigila los depósitos a plazo fijos: hasta qué montos se podrá invertir sin controles.

Atención ahorristas y consumidores, desde mayo la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió actualizar los montos mínimos a partir de los cuáles los bancos y billeteras virtuales deben informar automáticamente al organismo, los movimientos en las cuentas, plazos fijos y operaciones con tarjetas de las y los contribuyentes.

Desde este mes, se elevará de $90.000 a $200.000 el monto mínimo que deben informar los bancos automáticamente a la AFIP, sobre acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y también suscripción y liquidación de depósitos en plazos fijos.

Este monto de $ 200.000 es mensual e incluye todo tipo de acreditación. Además de los plazos fijos, la medida abarca a los depósitos, las transferencias recibidas y los saldos en cuenta, por lo que no es un monto significativamente alto.

La normativa de la autoridad tributaria, que se publicó en el Boletín Oficial, también incrementa de $30.000 a $120.000 el mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar al fisco por consumos con tarjeta de débito.

El régimen aplica también cuando el tipo de operación, ya sea de ingreso o egreso (de efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera, moneda digital) sea una transferencia bancaria o virtual, y esta iguale o supere los $ 400.000.

Con estas modificaciones, los bancos podrán agilizar las operaciones y a su vez, recibirán información automática y permanente de las acreditaciones mensuales, extracciones, saldos de las cuentas. La última actualización se había realizado a finales del año pasado.

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Plazos Fijos: cuáles son los montos para caer en el radar de la AFIP

AFIP

La AFIP realizó cambios en las cifras mínimas para informar sobre las acreditaciones.

La Resolución General 5348/2023 actualizó los montos mínimos a partir de los cuales los bancos deben informar los movimientos en las cuentas y tarjetas de las y los contribuyentes.

  • La cifra mínima para informar las acreditaciones, extracciones, saldos de las cuentas y depósitos a plazo fijo: sube de $90.000 a $200.000.
  • El monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito: se incrementó de $30.000 a $120.000.

Según aclararon desde el ente recaudador, estas modificaciones permiten a las entidades financieras agilizar su operatoria y el organismo optimiza la información que recibe en forma automática y permanente sobre acreditaciones mensuales, extracciones, saldos de las cuentas, los depósitos a plazo y consumos con tarjetas.

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