La Convención del 25 aprobó la incorporación de nuevos derechos a la Constitución de Santa Fe
Este sábado, se retomó la sesión de la Convención del 25 para tratar los bloques referidos a Educación, Nuevos Derechos, Acciones Positivas, la reforma del artículo 92 y las disposiciones transitorias.
Vuelve a sesionar la Convención del 25 en Santa Fe.
Se retomó este sábado la décima sesión de la Convención del 25, encargada de llevar adelante el proceso de reforma constitucional en Santa Fe, donde se trataron los bloques referidos a Educación, Nuevos Derechos, Acciones Positivas, la reforma del artículo 92 y las disposiciones transitorias.
El viernes, en tanto, se avanzó con modificaciones en artículos relacionados con las libertades individuales y personales, y con la garantía y ampliación de garantías para los ciudadanos santafesinos.
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Se trata de cuestiones discutidas en el marco de la comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías. En la sesión de este viernes —que tuvo su continuidad este sábado— se trataron, además del artículo 2 y 3, los artículos 9, 11, 13, 17.
Nuevos derechos para Santa Fe
- Se aprobó un dictamen de mayoría en el que establece que la Constitución santafesina reformada reconocerá nuevos derechos, como el derecho digital, derecho a la ciencia e innovación, a la protección del ambiente, al agua y derechos de consumidores y usuarios.
Medidas de acción positiva en la reforma constitucional
- Se estableció que “la Provincia reconoce la existencia de desigualdades estructurales que limitan el goce pleno de los derechos de las personas. Se compromete a adoptar medidas de acción positiva para reducir sus efectos negativos y garantizar condiciones de igualdad”.
Libertades Personales
- Todas las personas tienen derecho a la libertad personal, y solo puede restringirse por autoridad legal bajo condiciones específicas.
- Si una persona es detenida, un juez debe revisar el caso en un plazo máximo de 24 horas.
- No se puede mantener a una persona incomunicada por más de 48 horas sin autorización judicial.
- Siempre se debe respetar el derecho de la persona detenida a comunicarse con su abogado.
- Se prohíbe la tortura, tratos inhumanos o cualquier forma de violencia contra los detenidos.
- Nadie puede ser penalizado sin un juicio justo, y no se pueden reabrir juicios tras una sentencia, salvo en casos permitidos por la ley.
Derechos de los Detenidos
- Los establecimientos de detención deben ser limpios y seguros, con medidas adecuadas según el género y la edad de los detenidos.
- Los menores de edad deben ser separados de los adultos.
- Los juicios penales seguirán un proceso público, oral y adversarial, y algunos casos serán juzgados por jurados.
Derechos de las Víctimas
- Las víctimas de delitos y sus familias tienen derecho a ser tratadas con dignidad y respeto.
- Deben ser informadas de sus derechos y del proceso judicial, y pueden participar activamente en el juicio penal.
- El Estado debe brindar asistencia a las víctimas y evitar que sean revictimizadas.
Libertad de Expresión
- Toda persona tiene derecho a expresar sus ideas sin censura previa.
- El gobierno debe promover la pluralidad de voces, y el ejercicio periodístico está protegido como parte fundamental del sistema democrático.
- Está prohibida la censura y la afectación del secreto de las fuentes periodísticas.
Acceso a la Información Pública
- Toda persona tiene derecho a acceder a la información pública.
- El Estado debe proporcionar la información de manera clara, completa y sin demoras, salvo restricciones por razones de seguridad pública o privacidad.
Derecho de Reunión
- Las personas tienen derecho a reunirse pacíficamente, asociarse libremente y presentar peticiones a las autoridades.
- Cualquier acción injusta por parte de las autoridades puede ser impugnada rápidamente a través de la vía legal.
Protección contra la Discriminación
- Las personas pueden recurrir legalmente contra cualquier forma de discriminación o violación de derechos relacionados con el medio ambiente, los consumidores o derechos colectivos.
