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La Justicia consideró que la negativa podía causar daños irreparables
El fallo, fechado el 15 de septiembre de 2025, sostuvo que la salud del niño podía sufrir “problemas irreparables” si no se garantizaba el tratamiento de manera inmediata. Los jueces afirmaron que la decisión que “mejor armoniza los derechos humanos en juego” es remover todos los obstáculos que impidan el acceso a la terapia indicada.
El tribunal también señaló que, a diferencia de lo sostenido por OSDE, la hormona de crecimiento está incluida en la Resolución 500/04 APE, que establece su cobertura al 100%.
El PMO fija un piso mínimo y no un máximo de prestaciones
En su resolución, la Cámara Federal recordó que el Programa Médico Obligatorio (PMO) define un “piso de prestaciones mínimas”, por lo que no puede interpretarse como un límite. Cuando un afiliado reclama a una prepaga, advirtieron los magistrados, lo que está en disputa es “el derecho a la salud, la integridad psicofísica, la plenitud y la seguridad” de la persona afectada.
Además, remarcaron que el interés superior del niño debe ser el criterio primordial en este tipo de conflictos.
Un caso que recuerda a la historia de Lionel Messi
La causa resonó en la opinión pública porque remite de manera directa a la experiencia de Lionel Messi, quien también fue diagnosticado con déficit de crecimiento. A los 11 años medía 1,32 metros —la estatura promedio de un niño dos años menor— y solo pudo continuar su carrera gracias a que accedió al tratamiento que en este caso fue inicialmente negado.