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Santa Fe

Se acercan las vacaciones y pocos tienen la Revisión Técnica Vehicular al día

Los números refieren a los coches en condiciones de ser revisables. El bajo porcentaje preocupa cuando falta poco tiempo para el inicio de la temporada de vacaciones.

Termina el año y aquellas personas que económicamente está en condiciones de hacerlo, comienzan a planificar las vacaciones. A partir de enero las rutas del país se cargan de vehículos porque una parte importante de quienes se toman unos días de descanso, lo hacen en su propio coche. La seguridad vial tiene un condimento fundamental: el estado del automóvil. En la provincia de Santa Fe preocupa el bajo porcentaje de cumplimiento del parque automotor con la RTO: sólo el 32 % accede a la revisión técnica.

La seguridad vial tiene tres ejes fundamentales: la cuestión técnica, la conducto humana y el diseño de rutas. Por seguridad del coche y de la gente que viaja en él es fundamental realizar la revisión técnica. El Director ejecutivo de la Cámara de Centros de Inspección vehicular, Carlos López dialogó con 7 AM en Aire de Santa Fe y destacó por un lado la falta de conciencia respecto de que el vehículo en condiciones salva la vida.

"Está en juego la vida y lamentablemente nuestro país está a la cabeza en accidentes fatales, algunas mediciones hablan de 8200 personas fallecidas por año. Si bien las fechas de vencimiento de la RTO son distintas para todos, cuando deciden viajar en vacaciones es habitual que la gente recuerde que tiene que hacer la RTO."

A pesar de que el cumplimiento es bajo (32%) la provincia de Santa Fe es modelo en la República Argentina por el sistema de RTV: cómo funciona el sistema, el software y la prestación del servicio.

"Nosotros no aplicamos sanciones pero recomendamos que se cumpla con esto para estar más tranquilos." Para López una de las causas fundamentales de que la gente no cumpla regularmente con la RTO radica en que los operativos de tránsito que se realizan sólo alcanzan a verificar el 2 % del parque automotor.

A los 3 años de haber adquirido un coche cero kilómetro se debe realizar la RTO, luego a los 2 años en dos oportunidades y después una revisión en cada año. Aunque la RTO esté vencida se debe realizar de igual modo y no se cobra multa.

Entrevista con Carlos López

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Requisitos para iniciar el trámite

- Este trámite deben realizarlo los titulares de vehículos automotores, acoplados y semirremolques destinados a circular por la vía pública.

- La documentación expedida que acredita el cumplimiento de la RTO es el Certificado de Revisión Técnica Obligatoria apta y la Oblea aplicada sobre el parabrisas del vehículo.

- Cédula de Identificación del vehículo (Tarjeta verde)

- Título de propiedad del automotor

- CUIT o CUIL del titular registral

- Licencia de conductor, vigente y de Clase acorde a la Categoría de vehículo que se va a revisar

- Seguro Obligatorio

- Último recibo de patente pago

En caso de vehículos automotores propulsados a Gas Natural Comprimido (GNC), deberán presentar, además:

- Cédula de Identificación del Equipo para GNC (tarjeta amarilla)

- Oblea de identificación, conforme disposiciones de la Ley 24076 y resoluciones reglamentarias y Resolución 2768/2002 y cc.

- En caso de vehículos afectados al transporte de pasajeros o de carga, además deberán presentar:

- Licencias profesionales habilitantes

- Certificado de Matriculación para Transporte de Pasajeros, cualquiera sea su categoría modal

- Constancia de inscripción al Registro Provincial de Transporte automotor de carga, para el transporte de carga provincial

- Constancia de inscripción al Registro Único de Transporte automotor (RUTA), para transporte de carga interjurisdiccional nacional o internacional

Para los vehículos de Cargas, se exigirá certificado de agregado de tanques adicionales y/o certificación del cisterna, si corresponde

Para los vehículos de pasajeros interjurisdiccionales (nacional o internacional), además deberán presentar:

Alta de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte;

Certificado de Fabricación de la Carrocería

Certificación LCM (Licencia de Configuración de Modelos), si corresponde

Dispositivos obligatorios adicionales con los que deben contar las unidades:

Bandas Retrorreflectivas y Círculo de Velocidad Máxima para todos los vehículos de transporte de Cargas y Pasajeros

Los vehículos de cargas peligrosas deben estar identificados con Paneles de Seguridad y Rombos

Los vehículos motrices de cargas peligrosas que pertenezcan a las categorías (N2 y N3) deben disponer de tacógrafo

Los vehículos de pasajeros categorías (M2 y M3) que realizan servicios de media y larga distancia deben poseer tacógrafo. Los servicios urbanos deben poseer limitador de velocidad.

Para consultas ingresar a esta página

http://www.cciv.com.ar/

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