POR MAXIMILIANO DUFFORT
Junto con las elecciones presidenciales de 1983 –donde fue electo presidente Raúl Alfonsín-, el juicio a las Juntas Militares, en el que fueron condenados los principales responsables de los delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura cívico militar entre 1976 y 1983, conforman dos de los procesos más trascendentales y refundantes de la Argentina.
Luego de siete años de represión, torturas, desapariciones y asesinatos, las autoridades de las Fuerzas Armadas fueron sentadas en el banquillo y recibieron las condenas correspondientes. ¿Cómo se originó el proceso? ¿Cuál fue el rol de Alfonsín?
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Las Fuerzas Armadas fueron sentadas en el banquillo y recibieron las condenas correspondientes.
En diálogo con AIRE, el historiador santafesino Luciano Alonso, explicó que “hubo un doble camino para llegar al juicio de las juntas. Hubo una estrategia política de Alfonsín, de otros sectores políticos y juristas, que arranca bastante antes de 1983 y 1984. Empezó dos o tres años antes. La idea era que para refundar la democracia y establecer un gobierno duradero, había que producir un corte con el pasado. Había que hacer un juicio a los responsables de violaciones a los Derechos Humanos”.
Había una fuerte presión de los organismos de Derechos Humanos que venían documentando las violaciones y entonces pretendían el desarrollo de un proceso de justicia.
El proceso empezó a perfilarse en los últimos años de la dictadura con algunos jueces que empezaron a llamar a indagatoria. En ese contexto, uno de los personales imputados fue Emilio Massera quien fue imputado en junio de 1983. “Había un clima de cambio de época”, afirmó Alonso.
Con la decisión política de avanzar con los juicios, Alfonsín implementa, con respaldo de los organismos, un mecanismo para el proceso judicial: se trata del intento de que las propias fuerzas armadas sean quienes procesen a los responsables.
La condición del Presidente era que no se bloquee el proceso. “Si en un plazo determinado no se hacía el enjuiciamiento, se pasaba a la justicia ordinaria, que fue lo que pasó”, dijo Alonso, quien advirtió: “Para ese entonces había una multitud de juicios empezados en todo el país, ampliando la cantidad de imputados”.
Debido al contexto, al alfonsinismo no les gustaba la idea del avance ilimitado de los procesos porque el poder militar aún era grande. “Se quería un juicio limitado, pero ejemplar. Que permita gobernabilidad. Entonces empiezan los tironeos entre el gobierno y los organismos de DDHH”, dijo el historiador.
Alfonsín y sus colaboradores proyectaban un proceso de justicia capaz de ofrecer un castigo ejemplar a largo plazo: una sentencia que sirviera como parteaguas y recompusiera la relación de la sociedad con la ley, previniera la repetición de los crímenes perpetuados y contribuyera a la consolidación democrática.
A su vez, se iba a la búsqueda de un difícil equilibrio que atendiera a las exigencias mínimas de justicia del movimiento de derechos humanos y, al mismo tiempo, evitara un malestar generalizado en la aún poderosa corporación militar y, en especial, entre sus cuadros medios e inferiores.
Por otro lado, el juicio a las Juntas se desarrolla en paralelo a la persecución penal de militantes de Montoneros y el ERP. “El juego de Alfonsín era ir por los dos carriles para mantener el equilibrio y gobernabilidad”, según Alonso.
En cuanto a la estrategia judicial del fiscal Julio Strassera –quien llevó adelante el juicio- se adoptó una postura que fue criticada porque suponía que solamente se iban a trabajar sobre casos concretos.
Al respecto, el historiador sostuvo que “había gente que pensaba que había que aplicar la estrategia de Núremberg: se tenía que invertir la carga de la prueba y tenías que demostrar que no hiciste lo que dicen que hiciste. Strassera quería asegurarse una condena”.
Luego de las condenas a los excomandantes y con el avance de otras causas, Alfonsín se encuentra con la intención del Ejército de “cerrar la cosa” y decir “hasta acá llegamos”. Incluso, a principios de 1986 hubo instrucciones al Ministerio Público para bajar la intensidad y encausar las denuncias solamente cuando había elementos contundentes.
“A fines del 1986 la situación estaba bastante tensa. La salida de eso será la ley de punto final. Lo que intenta hacer es limitar la posibilidad de abrir nuevos juicios. Lo que llegó a la etapa de instrucción se avanza, y lo que no, se terminó”, comentó Alonso. Los motivos para esa ley fueron la reconciliación nacional y las bases de un gobierno duradero.
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La fiscalía fue representada por el fiscal Julio César Strassera y el adjunto Luis Moreno Ocampo.
El juzgamiento de los máximos responsables
Entre abril y octubre de 1985, la Sala II de la Cámara Federal se convirtió en el escenario de las audiencias del juicio a los nueve comandantes que habían encabezado las tres primeras Juntas Militares del gobierno dictatorial: Jorge Rafael Videla, Emilio Eduardo Massera, Orlando Ramón Agosti, Roberto Eduardo Viola, Armando Lambruschini, Omar Domingo Rubens Graffigna, Leopoldo Fortunato Galtieri, Jorge Isaac Anaya y Basilio Lami Dozo.
Se trató de un proceso judicial de proporciones inusitadas, con unos ochocientos treinta testigos y cerca de quinientas cuarenta horas de audiencias en las que se probó, según las reglas de la Justicia, que los agentes de la represión ilegal habían montado centros clandestinos de detención, habían secuestrado y torturado a miles de personas y habían asesinado a otras tantas, cuyos restos habían sido ocultados mediante los “vuelos de la muerte”, incineraciones o enterramientos en fosas comunes.
La fiscalía, representada por el fiscal Julio César Strassera y el adjunto Luis Moreno Ocampo, presentó inicialmente setecientos nueve casos, aunque el criterio de economía procesal condujo luego a la selección de 282 para ser presentados ante el tribunal.
Los fiscales imputaron 5.395 cargos penales en total a los acusados, para que respondieran por ellos individualmente tal como establecía el Código Penal. La estrategia de acusación consistía; en primer lugar en establecer que los “decretos de aniquilamiento” firmados por María Estela Martínez de Perón en 1975, que habían fijado el objetivo de “neutralizar y/o aniquilar el accionar de los elementos subversivos”, no autorizaba la represión clandestina, las desapariciones, la tortura ni las ejecuciones extrajudiciales; en segundo lugar, se trataba de demostrar que Argentina no había sufrido una “guerra” sino un plan de extermino librado desde el Estado: por primera vez, en el Juicio a las Juntas se reconocería el carácter sistemático de dicho plan.
Los ex comandantes fueron procesados por los delitos de secuestro, tortura, robo, homicidio, allanamiento ilegal y falsedad documental, aunque no se los acusó por violencia sexual ni por apropiación de menores, dos categorías que sólo ingresarían años después en el repertorio de la Justicia argentina.
Los fiscales señalaron a los ex miembros de las Juntas como corresponsables mediatos de las acciones criminales ejecutadas materialmente por sus subordinados en la cadena de mandos.
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Ernesto Sábato entregó a Raúl Alfonsín el informe "Nunca Más" elaborado por la Conadep.
El 18 de septiembre de 1985, por fin llegó la hora del alegato fiscal, en el que Julio César Strassera le puso el broche final a un trabajo minucioso y sin cabos sueltos que se había prolongado por casi dos años.
"La comunidad argentina en particular, pero también la conciencia jurídica universal, me han encomendado la augusta misión de presentarme ante ustedes para reclamar justicia. Razones técnicas y fácticas tales como la ausencia de un tipo penal específico en nuestro derecho interno que describa acabadamente esta forma de delincuencia que hoy se enjuicia aquí y la imposibilidad de considerar uno por uno los miles de casos individuales, me han determinado a exhibir, a lo largo de diecisiete dramáticas semanas de audiencia, tan solo setecientos nueve casos, que no agotan por cierto, el escalofriante número de víctimas que ocasionó, lo que podríamos calificar como el mayor genocidio que registra la joven historia de nuestro país. Pero no estoy solo en esta empresa. Me acompañan en el reclamo más de nueve mil desaparecidos que han dejado, a través de las voces de aquellos que tuvieron la suerte de volver de las sombras, su mudo, pero no por ello menos elocuente testimonio acusador.
[…] ¿Cuántas de las víctimas de la represión eran culpables de actividades ilegales? ¿cuántas inocentes? Jamás lo sabremos y no es culpa de las víctimas. Al suprimirse el juicio, se produjo una verdadera subversión jurídica; se sustituyó la denuncia por la delación, el interrogatorio por la tortura y la sentencia razonada por el gesto neroniano del pulgar hacia abajo. Entre las muchas deudas que los responsables de la instauración de este cobarde sistema de represión han contraído con la sociedad argentina existe una que ya no podrán saldar. Aun cuando ellos tuvieran prueba de que todas las personas secuestradas hubieran participado en actos de violencia, la falta de juicio y de sentencia condenatoria impide que la República considere a esas personas como responsables de esos hechos […]
Quisiera repetirlo: la falta de condena judicial no es la omisión de una formalidad. Es una cuestión vital de respeto a la dignidad del hombre […] La combinación de clandestinidad y de mentira produjo efectos que trastornaron a la sociedad argentina […] Sin embargo, aquí se ha acreditado que fueron secuestradas criaturas de meses, jóvenes de catorce años, una anciana de setenta y siete, mujeres embarazadas, obreros e industriales, campesinos y banqueros, familias enteras, vecinos de sospechosos, funcionarios del Proceso de Reorganización Nacional y funcionarios del actual gobierno, ex ministros del gobierno peronista, integrantes del Partido Comunista y un actual candidato a diputado de la Unión del Centro Democrático. También un embajador del gobierno militar, funcionarios judiciales, oficiales de la Marina, cualquiera podía ser devorado por el sistema. La afirmación de que sólo los que infringían la ley iban a ser sancionados encubría la realidad.
En la Argentina, todos estábamos en libertad condicional […] Enseñar a leer, dar catequesis, pedir la instauración del boleto escolar o atender un dispensario, podían ser acciones peligrosas. Todo acto de solidaridad era sospechado de subversivo”.
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El fallo de la Justicia confirmó la existencia de un plan criminal y sistemático.
Después de enunciar las penas solicitadas para los acusados, Strassera cerró su alocución con una frase que evocaba al trabajo de la Conadep y que pasaría a la historia como uno de los momentos más emblemáticos del Juicio a las Juntas:
"Quiero renunciar a toda pretensión de originalidad para cerrar esta requisitoria. Quiero utilizar una frase que no me pertenece, porque pertenece ya a todo el pueblo argentino. Señores jueces: “Nunca Más”.
La sentencia se conoció un par de meses después, el 9 de diciembre de 1985, leída por el magistrado León Arslanián. El fallo confirmaba la existencia de un plan criminal y sistemático, admitía la fuerza probatoria de los testimonios y descalificaba los argumentos de la defensa en torno a la noción de “guerra”.
Sin embargo, el tribunal había desechado el criterio de corresponsabilidad para evaluar lo actuado por cada Junta Militar, por lo que discriminó individualmente las penas para los acusados.
Los jueces les dieron prisión perpetua a Videla y Massera; cuatro años y seis meses a Agosti; diecisiete años a Viola; y ocho años a Lambruschini, además de inhabilitación absoluta perpetua para cargos públicos en todos los casos. Graffigna, Galtieri, Anaya y Dozo salieron absueltos.