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Persiguió a una mujer por la calle, ella se asustó y lo denunció: deberá donar casi 800 mil pesos

Un automovilista firmó una suspensión de juicio a prueba luego de que una mujer lo denunció por acoso callejero: donación a la Fundación Mateo Esquivo y reparación a la víctima, entre los alcances de la probation.

Un santafesino identificado como L.E.M. deberá donar casi 800 mil pesos en el marco de una suspensión de juicio a prueba, luego de que una mujer denunció que la acosó en la calle.

La donación económica está destinada a la Fundación Mateo Esquivo y a la denunciante, quien se sintió intimidada cuando L.E.M. le tocó bocina y la persiguió cuando caminaba por el macrocentro de Santa Fe.

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Sin embargo, se deja constancia que la probation firmada por L.E.M. “no implica una confesión ni un reconocimiento de responsabilidad civil por su parte”.

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Laura Martí, fiscal de Faltas y Contravenciones del MPA

Bocinazos en la calle

El hecho por el que fue denunciado L.E.M ocurrió el 8 de abril de 2024, aproximadamente a las 19:00 horas, en la ciudad de Santa Fe; según consta en el acuerdo de juicio abreviado, el hombre conducía una camioneta Chevrolet Montana en inmediaciones de La Rioja y Saavedra.

La mujer caminaba por la vereda, el conductor redujo la velocidad para ponerse a la par de ella y comenzó a tocar la bocina de forma insistente y perturbadora. Ante la negativa de la mujer de acercarse al vehículo, el hombre bajó la ventanilla y continuó siguiéndola, diciéndole: "vení, necesito preguntarte algo", precisa el escrito judicial.

Ante la persistencia del hombre, quien bajó aún más la ventanilla lo que permitió que la mujer pudiera describirlo, ella temió por su seguridad y aceleró el paso hasta llegar a una panadería que contaba con custodia policial, donde solicitó ayuda. Entonces se dio aviso al 911 y brindaron las características del vehículo y del agresor, que fue aprehendido en la intersección de las calles Urquiza y Mendoza.

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El caso quedó a cargo de la fiscal de Faltas y Contravenciones Laura Martí, quien imputó al conductor como autor de infracción al artículo 64 del Código Contravencional de Santa Fe, en el marco de la Ley 26485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.

Esta normativa del código de convivencia sanciona los “actos turbatorios y molestias”, es decir, los disturbios en la vía pública y el respeto al descanso o la tranquilidad de los vecinos; penaliza a quienes, en lugares públicos o privados, mediante gritos, ruidos excesivos, provocaciones o cualquier otro medio, perturben la tranquilidad pública o la de las personas. Se aplica comúnmente en casos de ruidos molestos, peleas callejeras que no llegan a lesiones graves, o conductas que alteran el orden en un vecindario.

Donación económica y normas de conducta

La suspensión de juicio a prueba comprende varios requisitos, entre ellos, una serie de reglas de conducta que debe cumplir durante un plazo de dos años: fijar residencia; prohibición de contacto y acercamiento con la denunciante; evitar el abuso de bebidas alcohólicas y el consumo de estupefacientes; someterse al control de la Agencia de Medidas No Privativas de la Libertad.

Además, el acuerdo comprende una reparación económica para la denunciante y para la Fundación Mateo Esquivo de Ayuda al Niño Oncológico, y debe realizar y acreditar un curso de nuevas masculinidades en la Municipalidad de Santa Fe; en la audiencia de presentación de la probation se especificó que debe acreditar la inscripción al mismo en un plazo de 15 días.

Los requisitos de la probation fueron avalados por el juez penal Leandro Lazzarini en el marco de una audiencia realizada en los tribunales de Santa Fe.

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