Baleó un perro y estuvo sólo 24 horas detenido: ¿Por qué?

El fiscal Omar de Pedro brindó precisiones en torno a una causa judicial que se tramita por el ataque con arma de fuego del que fue víctima un perro. Todo ocurrió en la ciudad de Santa Fe. A pesar de lo violento de su accionar, el imputado estuvo sólo 24 horas detenido y continuará el proceso en libertad.

“La versión que me cuentan a mí los agentes policiales actuantes, es que una persona se presentó para denunciar que su perro había sido víctima de un balazo. Se pudo establecer que la agresión habría sido efectuada por un vecino, con una carabina calibre 22. A partir de allí, hay distintas versiones que habrá que dilucidar”, relató el funcionario judicial.

Luego, contó por qué el acusado recuperó tan rápido la libertad: “Dispuse la aprehensión de esta persona por el delito de daño y también para precisar la situación del arma. Estuvo aprehendido el plazo legal máximo posible, que es de 24 horas, ya que por la pena expectada, luego de esas 24 horas hay que dejarlo en libertad, aunque suene mal, es así. Los fiscales más de una vez hemos explicado nuestra protesta contra esto, pero son cuestiones legales que no podemos soslayar, aunque el hecho nos resulte muy chocante“, explicó.

¿Qué dice la ley?

En la legislación argentina, los animales son considerados equivalentes a las cosas muebles o inmuebles. A pesar de la lucha de las asociaciones proteccionistas y de algunos fallos que sientan jurisprudencia considerando a los animales “sujetos de derecho”, el Código Penal aún no ha sido reformado en este sentido. El artículo 183° establece que “será reprimido con prisión de 15 días a un año, el que destruyere, inutilizare, hiciere desaparecer o de cualquier modo dañare una cosa mueble o inmueble o un animal, total o parcialmente ajeno, siempre que el hecho no constituya otro delito más severamente penado”.

Así, la Ley N° 14.346 sobre la protección de los animales, es consecuente con el Código Penal, y en su artículo 1° determina que “será reprimido con prisión de 15 días a un año el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales“.

Cuando la pena máxima prevista para un delito es menor a tres años (como sucede con los delitos de maltrato animal), no se cumplen los presupuestos que el artículo 205° del Código Procesal Penal de la Provincia exige para poder dictar prisión preventiva. Por eso, a menos que el imputado tenga antecedentes delictivos graves o pese sobre él una prisión de ejecución condicional, en los casos de maltrato animal el acusado no queda detenido.