En el caso de los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) o de la Asignación por Embarazo el reintegro es de 300 pesos por hijo. El beneficio le corresponde a:
–Jubilados y pensionados que cobren el haber mínimo (Ley 24.241)
-Quienes cobren la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo
-Quienes cobren pensiones no contributivas nacionales en una monto menor al haber mínimo
-El personal de casas particulares (Ley 26.844)
-Los jóvenes que cobren Becas Progresar
Pero excluye a:
-Quienes cobren más de una prestación, sin considerar la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo, y las pensiones por fallecimiento, siempre y cuando éstas últimas no excedan el haber mínimo
-Quienes cobran alguna de las prestaciones mencionadas pero además son trabajadores en relación de dependencia, trabajadores autónomos, monotributistas, paguen impuesto a las ganancias o impuesto sobre los bienes personales
Para acceder al reintegro solamente hay que comprar productos que se facturen a consumidores finales y que se abonen con tarjetas de débito en comercios inscriptos en AFIP, como supermercados, farmacias, tiendas de ropa, entre otros. La tarjeta de débito utilizada debe ser la asociada a la Cuenta de la Seguridad Social donde mensualmente se cobra la asignación, jubilación o pensión.
“El monto del reintegro se acreditará en la cuenta bancaria dentro de los primeros 5 días hábiles del mes siguiente a la realización de las compras. En el resumen de cuenta se identifica como “Reintegro IVA Ley N°27.253””, informa la ANSES.
Fuente: CienRadios
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